El gobierno de Javier Milei imputó a 95 empresas por cobrar tasas municipales dentro de las facturas de servicios públicos, modalidad que se prohibió a partir de la resolución 267/2024 del Ministerio de Economía y que podría implicar multas de hasta $2.130 millones.
De acuerdo a lo expresado por la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, fue por "haber incluido en las facturas, tasas o cargos ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor”.
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“Se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas incumplieron la norma”, señaló el comunicado oficial.
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Los detalles de la imputación
Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entró en vigencia la resolución 267/2024, que determinó la prohibición de incluir en las facturas conceptos indebidos.
La norma había establecido que ya no se pueden incluir tasas como alumbrado, barrido y vigilancia en las facturas de proveedores de servicios públicos. “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor”, indicó la resolución.
Y aclaró que “el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto” por la ley.
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Las empresas imputadas y las provincias afectadas
El listado de empresas imputadas incluye grandes distribuidoras de electricidad como Edenor, Edesur, Edelap, EPE (Santa Fe), EPEC (Córdoba), y EDEMSA (Mendoza); además de gasistas como Metrogas, Camuzzi Gas Pampeana y Ecogas, entre otras.
Las empresas operan en diversas localidades del país, incluyendo la Ciudad de Buenos Aires, la Provincia de Buenos Aires, y provincias como Misiones, San Juan, Córdoba, Chaco, Mendoza, y Salta.
Multas millonarias
“A partir de recibir la notificación, las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo la Secretaría de Industria y Comercio sancionará a las empresas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24240 de Defensa del Consumidor, que en su artículo 47, inciso b, contempla multas de hasta 2130 millones de pesos”, informaron desde la cartera que conduce Pablo Lavigne.
Las denuncias fueron recibidas en el correo electrónico habilitado desde fines de octubre, denunciatufactura@comercio.gob.ar. Hasta el momento ingresaron 2705 reclamos. “Esas tasas son ilegales y violan el art. 42 de la Constitución Nacional”, había asegurado Fernando Blanco Muiño, subsecretario de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, al anunciar el canal de denuncia.
El Gobierno anunció que continuará con la instrucción de sumarios por los vencimientos de facturas de noviembre y diciembre, lo que podría ampliar aún más el número de empresas imputadas.