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La jueza Servini liberó a 11 de los 16 detenidos que todavía estaban presos

La jueza federal resolvió en paralelo procesar con prisión preventiva a los 5 detenidos que aún quedan de los disturbios en el Congreso Nacional. 

Martes, 18 de junio de 2024 a las 23 16

Por Redacción

Martes, 18 de junio de 2024 a las 23:16

En el marco de la causa que investiga los destrozos en los alrededores del Congreso nacional, el día del tratamiento de la Ley Bases en el Senado, la jueza María Servini dispuso liberar este martes por la noche a 11 de las 16 personas que seguían detenidas

La magistrada consideró que esas personas debían ser liberados por falta de mérito, y evaluó que no había elementos acusatorios ni responsabilidad de ningún hecho delictivo, admitiendo de esta manera que fueron detenidos arbitrariamente. 

Los liberados son: Juan Ignacio Espinetto, Camila Juárez Oliva, Nicolás Mayorga, Saya Lyardet, Héctor Mallea, Cristian Dario Ferreira, Juan Pablo Colombo, María de la Paz Cerruti, Ramona Tolaba, Lucía Belén Puglia, y Gabriel Famulari.

En paralelo Servini resolvió procesar con prisión preventiva a cinco de las personas que fueron detenidas el miércoles pasado. La jueza afirmó que aún queda mucha prueba por analizar y que demandará tiempo evaluarla. Pero también advirtió que esta causa no se trata de criminalizar la protesta sino, precisamente, de garantizarla, para que no se vea afectada por quienes cometen actos de violencia.

En tanto, los que aún siguen detenidos con prisión preventiva y en proceso son:  Patricia Calarco Arredondo, David Sica, Cristián Fernando Valiente, Roberto María de la Cruz Gómez y Facundo Ezequiel Gómez.

Luego de los reclamos en distintos ámbitos públicos, por parte de los familiares de los detenidos, la jueza tomó esta determinación en las últimas horas del martes. Y lo hizo aún en contra de lo solicitado por el fiscal federal, Carlos Stornelli, quien no sólo pedía que continúen detenidos, sino que pedía que fueran privados de su libertad nuevamente los primeros 14 liberados de la semana pasada. 

Los argumentos de la jueza

Según sostiene el escrito de la resolución de la jueza, “Estamos hablando de toda una serie de detenciones que se produjeron por distintas fuerzas que responden a distintos órdenes -local y federal- en el marco de lo que podemos definir como un escenario de caos y desorden generalizado en el que se vandalizaron y prendieron fuego automóviles tacho de basura y bicicletas, se rompieron veredas y paredes y se lanzaron objetos con pinches, piedras, palos y elementos en llamas contra las fuerzas de seguridad por parte de un grupo de personas, muchas de ellas encapuchadas que se encontraban entre quienes manifestaban legítimamente”.

Esta situación caótica y de desborde fue sin duda el caldo de cultivo ideal para la perpetración de conductas delictivas por parte de quienes repudian el legítimo juegos de la democracia”, incluye la posibilidad de que las autoridades constituidas constitucionalmente debatan en el ámbito parlamentario que le es propio y que los ciudadanos puedan expresar su apoyo o rechazo en ello en la calle”, dijo.

En ese marco, la jueza resolvió procesar con prisión preventiva a Cristian Valiente por intimidación púbica en concurso ideal con atentado a la autoridad (tenía en su poder una granada); a Patricia Calarco Arredondo por incendio en concurso con daño agravado por haberse afectado un bien público (las bicicletas del gobierno de la Ciudad) en concurso con el delito de intimidación; Facundo Ezequiel Gómez por intimidación pública en concurso ideal con atentado a la autoridad; Daniel Sica por atentado a la autoridad, agravado por haberse cometido en reunión de más personas y por haber puesto en manos de la autoridad, en concurso ideal con intimidación pública; y Roberto Maria de la Cruz Gómez por intimidación pública en concurso ideal con atentado a la autoridad. A todos se los embargó con 500 mil pesos.

“Al día de hoy, existen determinadas pautas objetivas que permiten afirmar, con el grado de probabilidad necesaria para ello, acerca de la existencia en la especie de riesgos procesales -tanto un peligro serio y concreto de fuga, como así de entorpecimiento -que no puede ser neutralizados a través de otros medios menos lesivos para derechos individuales que la restricción a la libertad ambulatoria de los imputados”, subrayó.

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