Por xenofobia: el verdugo de Boca que fue suspendido por cuatro meses

Pablo Ceppellini, mediocampista del elenco peruano, recibió una sanción de CONMEBOL por un acto racista en la vuelta contra el Xeneize.

Sabado, 05 de abril de 2025 a las 09 00

Por Matías Moreno

Sabado, 05 de abril de 2025 a las 09:00
Por xenofobia: el verdugo de Boca que fue suspendido por cuatro meses Por xenofobia: el verdugo de Boca que fue suspendido por cuatro meses
(Foto: photo.gec)

El cruce entre Alianza Lima y Boca, por Copa Libertadores, sumó este viernes un capítulo impensado. La CONMEBOL confirmó la sanción de una de las figuras del elenco peruano: Pablo Ceppellini, el autor del único gol en el encuentro de ida disputado en el Estadio Alejandro Villanueva.

La Confederación Sudamericana tomó la determinación de suspender por cuatro meses a Ceppellini por un acto racista en el partido de vuelta frente al Xeneize. Según trascendió, el mediocampista le dijo "boliviano" a un hincha, en medio de un cruce. No podrá participar en competiciones organizadas por la CONMEBOL y la sanción inicia desde el día posterior a la notificación.

Por su parte, Alianza también emitió un comunicado, en el que sostiene que el fallo no se ajusta a la realidad de los hechos y pruebas. Por este motivo, presentarán el recurso correspondiente para apelar.

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El comunicado de Alianza Lima

"Hemos recibido la notificación de la sanción impuesta por la CONMEBOL a nuestro futbolistas Pablo Ceppelini, la cual consiste en una suspensión de cuatro meses por la supuesta infracción al artículo 15.1 del Código Disciplinario de dicha institución.

Consideramos que esta sanción no se ajusta a la realidad de los hechos y pruebas, por lo que procederemos a presentar el recurso correspondiente a la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL".

El comunicado de CONMEBOL sobre la suspensión de Pablo Ceppellini

"En virtud de las facultades conferidas por el Reglamento Disciplinario de la Conmebol, la Comisión Disciplinaria resuelve:

1º. SUSPENDER al jugador PABLO DANIEL CEPPELINI GATTO por un período de 4 (cuatro) meses de participar en competiciones organizadas por la Conmebol por la infracción al artículo 15.1 del Código Disciplinario de la Conmebol. El cómputo de la sanción inicia desde el día siguiente de la notificación de la presente decisión.

2º. ADVERTIR expresamente al jugador PABLO DANIEL CEPPELINI GATTO que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído presente procedimiento, será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

3º. NOTIFICAR al jugador PABLO DANIEL CEPPELINI GATTO y al CLUB ALIANZA LIMA

Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al Artículo 64.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 64.3 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 64.4 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria".

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