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Ya rige el etiquetado frontal: cuándo se verá en las góndolas

Este sábado comenzó una nueva etapa en la ley que se sancionó el 26 de octubre de 2021. Todos los detalles

Sabado, 20 de agosto de 2022 a las 12 09

A partir de hoy, sábado 20 de agosto, los productos con exceso de grasas, sodio, azúcares y calorías de las grandes empresas deberán elaborarse con el octógono negro correspondiente, a menos que se les haya otorgado una prórroga  Esto marca el inicio de la progresiva aparición de la Ley de Etiquetado Frontal en las góndolas, que terminará de completarse para noviembre del año que viene.

La Ley 27.642 había sido sancionada el 26 de octubre de 2021 y el pasado 23 de marzo fue publicado el decreto reglamentario 151/2022. Dicha normativa marca diferentes etapas para la implementación de uno de sus ejes, que es la colocación de sellos a los productos que tengan exceso de grasas, azúcares, sodio y calorías.

El 20 de julio venció el pedido de prórroga de las grandes empresas, el cual se podía solicitar solo una vez por 180 días, y hoy, las firmas que no fueron autorizadas o no la solicitaron ya deben elaborar sus productos con los sellos. Para mayo del próximo año todos los productos deberán tener los sellos en el caso que corresponda.

    

Por otra parte, para las pequeñas y medianas empresas el plazo para pedir una prorrogación vence el 20 de enero de 2023. Un mes después deberán tener los octógonos aquellos productos que no hayan recibido o pedido prórroga y el 20 noviembre de 2023 todos sus productos tienen que presentar los sellos en caso que corresponda.

Esto significa que para antes de fin de año de 2023, las góndolas deberían exhibir todos sus productos con el correspondiente sello indicativo. Quedarán exceptuados los envases retornables de vidrio que tendrán plazo hasta mayo de 2024.

Los sellos establecidos por la ley tendrán que colocarse en el frente de los envases. Los mismos son octógonos negros que tendrán las siguientes inscripciones: "Exceso en azúcares", "Exceso en sodio", "Exceso en grasas saturadas", "Exceso en grasas totales" y "Exceso en calorías".

Además, si tiene edulcorantes, el envase deberá tener debajo de los sellos de advertencia la siguiente leyenda: "Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as", al igual que si tiene cafeína deberá decir: "Contiene cafeína. Evitar en niños/as".

El Gobierno puso en vigencia la Ley de Etiquetado Frontal

Tal como mencionamos, el 23 de marzo, después de cinco meses desde su aprobación en la Cámara de Diputados, el Gobierno reglamentó la Ley de Etiquetado Frontal que tiene como objetivo advertir a los consumidores sobre alimentos con exceso de componentes que pueden ser nocivos para la salud como azúcares, sodio y grasas saturadas, entre otros.

Las bebidas y alimentos procesados deberán llevar octágonos negros de al menos el 5% del tamaño de la cara principal del envase en el que se comercializa. De contener varios componentes perjudiciales deberán llevar más de una etiqueta.

Tiene como objetivo una información “clara, oportuna y veraz” para que el comprador tome decisiones “asertivas y activas” sobre lo que realmente está consumiendo al adquirir un producto. Quedan excentos el azúcar común, los aceites vegetales, frutos secos y la sal de mesa.

A su vez, “garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada de la población, a través de la promoción de una alimentación saludable, brindado información simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcoholicas”, expresa el comunicado de la reglamentación.

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