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Asueto 23 y 30 de diciembre: el gobierno excluyó los siguientes trabajadores estatales

La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Miércoles, 14 de diciembre de 2022 a las 10 15

Por Redacción

Miércoles, 14 de diciembre de 2022 a las 10:15

El Gobierno decretó asueto para el 23 y 30 de diciembre para los empleados del Estado, pero no todos serán alcanzados por la medida. En el decreto que fue publicado este miércoles, quedaron excluidos los empleados de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Lo determinó a través del decreto 830/2022 publicado hoy en el Boletín Oficial en el que explica que "por el cierre del año fiscal, resulta conveniente disponer que el asueto no alcance al personal de la Administración Federal de Ingresos Públicos". El artículo 1 del decreto definió: "Dispónese que el asueto otorgado para los días 23 y 30 de diciembre de 2022 en virtud del Decreto N° 820 del 10 de diciembre de 2022 no alcanzará al personal de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP)".

La decisión del Gobierno nacional de otorgar asueto al personal estatal que depende de él los días 23 y 30 de diciembre de 2022 se da con motivo de Navidad y Año Nuevo. Este año, estas dos fechas caen un día domingo, por lo que las fiestas de Nochebuena y Nochevieja caerán un día sábado. Con este decreto, los trabajadores de la administración pública nacional tendrán un fin de semana de tres días.

Asueto para estatales 

La medida de Alberto Fernández fue comunicada a través del decreto 820/2022, publicado este lunes en el Boletín Oficial. En ese marco, se instruyó "a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales". Asimismo, se aclaró que "la presente medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras". Ahora tampoco a los empleados y empleadas de la AFIP.

"Las festividades de la Navidad y del Año Nuevo constituyen, tradicionalmente, motivo de festejos para todas las familias que habitan en nuestro territorio", y para "facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos", argumenta el decreto firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y el ministro del Interior, Eduardo "Wado" de Pedro.

Con ese objetivo, concluye la disposición del Poder Ejecutivo Nacional, "se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 23 y 30 de diciembre del corriente año", por lo que los organismos públicos, sin contar a los bancos nacionales, no funcionarán en esas jornadas.

Calendario de Feriados

Días previos a darse a conocer la resolución para las fiestas, se supo el calendario de Feriados para el 2023, que cuenta con 14 feriados inamovibles, dos trasladables y tres turísticos.

Los días son:

  • 1 de enero: Año Nuevo
  • 20 y 21 de febrero: Carnaval
  • 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
  • 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
  • 7 de abril: Viernes Santo
  • 1 de mayo: Día del Trabajador
  • 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
  • 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes
  • 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
  • 9 de julio: Día de la Independencia
  • 17 de agosto (pasa al lunes 21): Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
  • 12 de octubre (pasa al lunes 16): Día del Respeto a la Diversidad Cultural
  • 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
  • 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
  • 25 de diciembre: Navidad

 

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