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El Gobierno actualizó los criterios para la Ley de Etiquetado Frontal

Se dispuso redefinir el etiquetado en alimentos para centrarse en los componentes agregados durante su producción.

Jueves, 26 de diciembre de 2024 a las 20 15

Por Ezequiel Bucetto

Jueves, 26 de diciembre de 2024 a las 20:15

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) implementó modificaciones en la reglamentación de la Ley de Etiquetado Frontal, vigente desde mayo pasado.

Estos cambios buscan ajustar los criterios para el cálculo de azúcares, grasas y sodio en alimentos procesados, así como reforzar las restricciones publicitarias para productos con sellos de advertencia.

La ANMAT publicó hoy en el Boletín Oficial dos disposiciones (11378/2024 y 11362/2024) que actualizan el Manual de Aplicación de la ley para “adaptar” la normativa a estándares internacionales y mejorar la información nutricional para los consumidores.

Cambios en el etiquetado: qué productos deberán llevar advertencias

Una de las principales modificaciones tiene que ver con el cálculo de los nutrientes considerados “en exceso”. Ahora, los sellos negros advertirán únicamente sobre los ingredientes añadidos durante la producción, dejando fuera aquellos que son propios de los alimentos en su estado natural.

Por ejemplo, una mermelada de naranja deberá informar la cantidad de azúcar incorporada en su elaboración, sin incluir el azúcar que ya contiene la fruta de manera natural.

En el caso de alimentos como almendras o maní, podrían recibir advertencias si tienen sal o aceites agregados, mientras que productos como la manteca, pese a su alto contenido graso, no llevarán sellos si no incluyen aditivos.

Además de los cambios en el etiquetado, la normativa refuerza las restricciones en la publicidad de productos con sellos de advertencia, especialmente aquellos dirigidos a menores de 16 años.

Según las nuevas reglas, queda prohibido utilizar personajes animados, colores llamativos u otros recursos diseñados para captar la atención de los chicos.

También se establece que las campañas publicitarias deben incluir información clara sobre los sellos de advertencia, edulcorantes o cafeína presentes en los productos. Esto apunta a promover un consumo más responsable y a evitar mensajes ambiguos o engañosos.

Las empresas no tendrán plazos adicionales para implementar estos cambios, ya que la normativa está plenamente vigente desde mayo de este año.

Según fuentes consultadas, esta actualización responde a un pedido recurrente de la industria alimentaria, que consideraba injusto que ciertos productos naturales, como frutos secos, llevaran advertencias por componentes intrínsecos.

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