El Juzgado Federal de Río Cuarto, Carlos Arturo Ochoa, rechazó hoy un amparo de la Sociedad Rural que pedía declarar como “inconstitucional e ilegitimo” el pago de los derechos de importación a los productos agropecuarios de forma retroactiva al 1 de enero de 2022.
En pocas palabras, el campo pretendía no pagar retenciones apoyándose en la idea de que si Argentina aún no tiene un Presupuesto para el corriente año, tampoco debería existir una ley que sustente el pago del tributo, por lo tanto sería ilegal.
Sin embargo, la Justicia avaló el pago de los derechos y encendió las alarmas en la Sociedad Rural que buscaba declarar inconstitucional cualquier disposición reglamentaria y que se ordene a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cesar con la percepción.
El juez consideró que no estaban presentes en el caso los requisitos para tramitarlo como un proceso colectivo debido a que la Sociedad Rural de Río Cuarto no cuenta con legitimación para sustentar el reclamo judicial.