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Cuáles son las actividades exceptuadas del confinamiento anunciado por el Gobierno nacional

El anuncio de confinamiento absoluto tiene algunas excepciones y fueron comunicadas recientemente.
Jueves, 20 de mayo de 2021 a las 22 19,

Por Redacción

Jueves, 20 de mayo de 2021 a las 22 19,

El presidente Alberto Fernández, realizó el anuncio de la batería de medidas que impulsará el gobierno Nacional, para restringir la alta circulación del coronavirus en nuestro país. 

La medida principal, fue la implementación del confinamiento estricto a toda la población de la zonas de alto riesgo sanitario, como el AMBA y zonas de fuerte circulación del virus. En este marco se aclaró que hay una serie de actividades exceptuadas a las medidas de restricción. 

-Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

-Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

-Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

-Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre -Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

-Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

-Personas que deban atender una situación de fuerza mayor. 

-Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. 

-Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

-Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos. 

-Personal afectado a obra pública.

-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas. 

-Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios. 

-Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

-Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

-Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

-Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

-Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

-Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

-Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

-Servicios de lavandería.

-Servicios postales y de distribución de paquetería.Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

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