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El Gobierno no renovará los contratos de la administración pública iniciados en 2023

La medida quedó establecida en los decretos 84/2023 y 77/2023 publicados este martes en el Boletín Oficial. Además, ordenó un relevamiento exhaustivo del personal contratado con fecha de ingreso previa al 1° de enero de 2023.

Martes, 26 de diciembre de 2023 a las 10 06,

Por Matías Danura

Martes, 26 de diciembre de 2023 a las 10 06,

El Gobierno nacional, decretó que las contrataciones de personal en el sector público "iniciadas a partir del 1 de enero de 2023 no serán renovadas". Además, ordenó un relevamiento exhaustivo del personal contratado con fecha de ingreso previa al 1° de enero de 2023 y prorrogó la vigencia del Decreto N° 426/22 hasta el 31 de marzo de 2024, que establece restricciones en el mismo sentido.

Las medidas, surgen de los decretos 84/2023 y 77/2023, publicados este martes en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente de la Nación, Javier Milei, y del jefe de Gabinete, Nicolás Posse.

Mediante el decreto n° 84 de la actual gestión, referida a las contrataciones de personal, establece que "las contrataciones del personal para la prestación de servicios efectuadas en el marco del artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, del Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017 y de toda otra modalidad de contratación que concluya al 31 de diciembre de 2023, e iniciadas a partir del 1° de enero de 2023 en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, no serán renovadas".

Así mismo, la normativa indica que quedan exceptuadas la contrataciones derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales, el personal que haya estado prestando tareas con fecha previa al 1° de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad de contratación, como así también, el personal que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento de la jurisdicción, de manera restrictiva y fundada y que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento.

Por otro lado, establece que no podrán ser renovadas por un periodo mayor de noventa días corridos, "las contrataciones efectuadas en el marco del artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 y del Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017, cuya fecha de ingreso a la administración sea previa al 1° de enero de 2023".

La normativa, pide instruir a "las autoridades competentes de cada jurisdicción mencionada en el artículo 1° a que, en el plazo establecido en el artículo precedente, realicen un relevamiento exhaustivo del personal contratado cuya fecha de ingreso a la Administración sea previa al 1° de enero de 2023 con el fin de evaluar la renovación de las contrataciones mencionadas precedentemente".

"En el caso de que las autoridades decidan renovar dichos contratos, deberán fundar la decisión demostrando la necesidad de continuar con la contratación", detalla el documento.

Al mismo tiempo, se instruye a los titulares de las jurisdicciones a que "informen a la Jefatura de Gabinete de Ministro el cumplimiento de la presente medida". "El Jefe de Gabinete de Ministros, o la autoridad que este designe, podrá dictar las normas complementarias y aclaratorias que fueren necesarias para la mejor aplicación del presente", define la normativa.

Por su parte, el Decreto 77/23 prorroga la vigencia del Decreto 426/22 hasta el 31 de marzo de 2024, por el cual se establecieron restricciones a las designaciones de personal en las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional.

Las restricciones son las comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y dicha norma tenía vigencia hasta el 31 de diciembre próximo.

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