El Gobierno habilitó las palabras "idiota", "imbécil" y "débil mental" para referirse a personas con discapacidad

Horas más tarde indicaron que "se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta”.

Jueves, 27 de febrero de 2025 a las 17 48
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Por Sofía Garcea

Jueves, 27 de febrero de 2025 a las 17:48
El Gobierno habilitó las palabras "idiota", "imbécil" y "débil mental" para referirse a personas con discapacidad El Gobierno habilitó las palabras "idiota", "imbécil" y "débil mental" para referirse a personas con discapacidad

La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), dependiente del Ministerio de Salud, utilizó las palabras "idiota", "imbécil" y débil mental" para referirse a personas con discapacidad intelectual en una resolución publicada el 16 de enero con la firma del presidente de ANDIS, Diego Spagnuolo. Horas más tarde, ANDIS emitió un comunicado informando que "se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta”.

En esa Resolución, se definieron los criterios médicos para medir la invalidez laboral, requisito dispuesto desde septiembre de 2024 para quienes perciben pensiones no contributivas.

En el anexo de la norma se dividió en grupos a las personas: 

  • 0-30 (idiota): no atravesó la etapa glósica, no lee ni escribe, no conoce el dinero, no controla esfínteres, no atiende sus necesidades básicas, no pude subsistir solo.
  • 30-50 (imbécil): no lee ni escribe, atiende sus necesidades elementales, pueden realizar tareas rudimentarias; 50-60 (débil mental profundo): solo firma, tiene vocabulario simple, no maneja el dinero, puede realizar tareas rudimentarias.
  • 60-70 (débil mental moderado): lee, escribe, realiza operaciones simples, conoce el dinero, puede realizar trabajos de escasa exigencia intelectual.
  • 70-90 (débil mental leve): cursó primaria y a veces secundaria, puede realizar tareas de mayor envergadura. Fronterizos los que tienen CI cercan al normal.

El comunicado de ANDIS

Tras la polémica por el uso de términos discriminatorios, la Agencia Nacional de Discapacidad publicó un comunicado en redes sociales donde aseguró que se trató de un "error" y que la norma será modificada.

“El 16 de enero del corriente año, la Agencia Nacional de Discapacidad publicó en el Boletín Oficial la Resolución 187/2025. Dicha normativa incluyó un anexo con términos que, históricamente, se han utilizado en la medicina psiquiátrica para describir grados profundos de déficit intelectual, pero que, en la actualidad, han sido discontinuados”, comienza el texto.

Y agrega: “desde la ANDIS queremos aclarar que la publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta”.

"La resolución 187/2025 y su anexoserán modificados siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes, con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales, como la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5). Es importante aclarar que esta corrección no modificará el baremo ni sus criterios de evaluación”, afirma.

Al cierre del comunicado indica: “la Agencia Nacional de Discapacidad reafirma su compromiso con un sistema de evaluación justo, transparente y basado en criterios médicos y en un análisis integral de la situación socioeconómica, que garantice que las pensiones no contributivas por invalidez laboral sean otorgadas a quienes realmente las necesitan”.

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