Con 134 votos afirmativos y 119 negativos, la Cámara de Diputados aprobó este martes el artículo 3 de la Ley Ómnibus que le otorga facultades legislativas por un año al presidente Javier Milei.
Tras aprobar la emergencia en materia económica, financiera, de seguridad, tarifaria, energética y administrativa, establecida en el primer artículo de la Ley Ómnibus; por el mismo margen positivo aprobaron las facultades delegadas.
Se trata del artículo del megaproyecto que “contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo nacional en materias determinadas de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases de delegación aquí regladas y por el plazo antes establecido”.
El proyecto indica que “el Poder Ejecutivo Nacional deberá informar mensualmente en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación sobre la aplicación de las facultades delegadas por la presente ley, sus fundamentos y resultados obtenidos”.
Diputados aprobó la emergencia económica
Por 134 votos a favor y 121 en contra, los diputados aprobaron el artículo primero de la ley "Bases" que establece la declaración de emergencia en las materias económicas, administrativa, financiera, tarifaria, energética y de seguridad.
El oficialismo contó con el voto de 37 votos de la Libertad Avanza, 37 del PRO, 13 de Hacemos Coalición Federal, 1 de Creo, 1 de Unión Mendocina, 1 de Avanza Libertad, 28 de la UCR, 9 de Innovación, 2 de Producción y Trabajo, 2 de Buenos Aires y 3 de Independencia.
Los votos en contra fueron 98 de Unión por la Patria (UxP), 6 de la UCR, 10 de Hacemos, 2 de Por Santa Cruz, y 5 de del FIT (izquierda).
Luego se aprobó por 140 a 115 el artículo que establece los principios y objetivos de esa emergencia pública.
El primer artículo aprobado establece que la iniciativa "tiene por objeto declarar la emergencia en materia económica, financiera, de seguridad, tarifaria, energética y administrativa; y promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y límite toda intervención estatal que no sea la necesaria para asegurar el ejercicio efectivo de sus derechos constitucionales".
Por otra parte, el artículo 2 fija que la meta de la ley es "la promoción del derecho fundamental a la libertad individual. Los habitantes de la Nación tienen derecho a ejercer sus libertades constitucionales sin injerencias indebidas por parte del Estado".
También destaca "la protección de los habitantes y de su propiedad privada. El Estado debe garantizar la seguridad y propiedad de las personas y fomentar un entorno propicio para la inversión y el emprendimiento. Debe asegurar el efectivo ejercicio del derecho a transitar libremente en la vía pública evitando situaciones que pongan en riesgo la vida, la propiedad y la seguridad de los habitantes de la Nación".