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Sobreseyeron a Cristina Kirchner, Aníbal Fernández y Ricardo Echegaray en una causa armada por Laura Alonso

La causa fue orquestada por la ex titular de la Oficina Anticorrupción por el otorgamiento de un inmueble de la Aduana con supuestas irregularidades para fines educativos.
Miércoles, 30 de septiembre de 2020 a las 09 37

Por Redacción

Miércoles, 30 de septiembre de 2020 a las 09:37

El juez federal Ariel Lijo sobreseyó a la vicepresidenta de la Nación y actual presidenta del Senado, Cristina Kirchner; al ex jefe de Gabinete, Aníbal Fernández y al ex titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, en la causa que los involucraba en supuestas irregularidades en el otorgamiento de un inmueble de la Aduana para fines educativos en Misiones.

El magistrado tomo la decisión por "inexistencia de delito" en la causa que orquestó la ex titular de la Oficina Anticorrupción (OA), Laura Alonso, con la acusación que luego fue desestimada de "abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público".

Además de los sobreseimientos de los antes mencionados, según la resolución, el juez dispuso los de el exgobernador misionero Maurice Closs, Alfredo Juan Erich Poenitz y Olga Mirta Martínez, quienes también se encontraban involucrados en la causa.

En 2018, la ex funcionaria macrista presentó la denuncia en representación de la OA, tras cuestionar un convenio que firmaron Closs, Echegaray y el rector del Instituto de Estudios Superiores 'Hernando Arias de Saavedra', Alfredo Poenitz, por el cual se cedió por 99 años el inmueble donde funcionaba la Oficina de Secuestro y Ventas de la Aduana en Posadas, Misiones.

Lijo determinó que la AFIP "se encontraba facultada para realizar dicho acto y que el mismo no generó un perjuicio económico para las arcas del Estado" y añadió que "se ha demostrado que la cesión que interesó a la entonces Presidente de la Nación fue realizada por el Administrador Federal en el marco de sus atribuciones y sin generar un prejuicio patrimonial ni funcional al Estado Nacional".

"Debe tenerse en cuenta que la AFIP cedió el uso a una Universidad. No solo el inmueble mejoró ediliciamente de manera notoria, sino que, además, brinda un servicio esencial como es la educación, cuyo acceso tiene raigambre constitucional y convencional (art. 14 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional)", sentenció el juez federal porteño.

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