Este miércoles, el oficialismo de la Cámara de Diputados consiguió imponer su mayoría en Comisiones para que se trate el proyecto de reforma de ley de alquileres que fue aprobado la semana pasada por la Cámara alta, el cual ratifica la vigencia de los contratos con un plazo de duración de tres años y un esquema de ajuste semestral.
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Tras un amplio debate que tuvo lugar en un plenario de las comisiones de Legislación General y Presupuesto de la Cámara de Diputados, el oficialismo logró 41 firmas a favor del proyecto que tuvo modificaciones por parte del Senado. Por su parte, desde la oposición insistieron con la sanción inicial votada por la Cámara baja, que obtuvo el apoyo de 39 legisladores.
En esta ocasión, los legisladores podían aceptar las modificaciones provenientes de la Cámara alta o insistir con el texto original del proyecto, ya que se trata de una iniciativa girada a Diputados en segunda revisión.
Sin embargo, ahora queda la aprobación en el recinto donde los espacios de La Libertad Avanza, la Izquierda, el socialismo y Juntos Somos Río Negro, podrían inclinar la balanza a favor de uno u otro proyecto. Cabe mencionar que, en las próximas horas, el oficialismo definirá si se hará una sesión especial para la semana próxima.
Qué dice el proyecto aprobado por el Senado y cómo sigue su tratamiento
El pasado jueves en el Senado de la Nación se trató el proyecto sobre la Ley de Alquileres que había llegado con media sanción de la Cámara de Diputados. Sin embargo, el mismo fue modificado en la Cámara alta en algunos de sus puntos principales.
El proyecto establecía que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.
Esto se modificó en la Cámara de Senadores y se definió otra reglamentación que establece tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que "los contratos de locación con destino" a vivienda serán estipulados "en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.
También se cambió el mecanismo de actualización del precio de los alquileres propiciando que "los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec, y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el BCRA”.
Asimismo, se incorporó un último párrafo sobre el artículo nueve estableciendo que "los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo" y se sumó otro artículo que agrega: "las partes podrán deducir (del mismo) la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación".