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La Justicia suspendió los decretos que establecían como "servicio esencial" al trasporte aéreo y limitaban el derecho a huelga

El fallo judicial fue luego de una presentación realizada por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA). Mientras tanto, en el Congreso se debate el futuro de Aerolíneas Argentinas, con la posibilidad de una privatización sobre la mesa. 

Jueves, 26 de septiembre de 2024 a las 11 38,

Por Thomas Dos Reis

Jueves, 26 de septiembre de 2024 a las 11 38,

La Justicia suspendió, mediante una medida cautelar, la aplicación del decreto que declaraba al transporte aéreo como "servicio esencial", tras una presentación de la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA). Mientras tanto, en el Congreso se debate el futuro de Aerolíneas Argentinas, con la posibilidad de una privatización sobre la mesa. 

El fallo fue por medio de una resolución del Juzgado del Trabajo N° 42, a cargo de Ricardo Hierrezuelo, que se dispuso la suspensión de los Decretos 825/24 y 831/24.

El conflicto se originó cuando el Gobierno de Javier Milei emitió los decretos que establecían la esencialidad del servicio aéreo. Esto fue interpretado por el gremio como un intento de "limitar el ejercicio del derecho de huelga", según publicó APLA este jueves en X. Por ello, en respuesta, presentaron una acción de amparo que fue avalada por la Justicia, suspendiendo los efectos de los decretos hasta la resolución definitiva del caso.

Qué dicen desde el sindicato

Según el gremio, la resolución señala que se encuentra "debidamente acreditado el planteo efectuado por APLA, conforme las normas constitucionales, legales y reglamentarias".

También sumaron que el derecho de huelga se encuentra expresamente reconocido en el país "a partir de la incorporación del art. 14bis de la C.N. en el año 1957, así como también en el art. 8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en Convenio 87 de la OIT que tiene jerarquía constitucional".

Con esto, sostienen que "conserva vigencia el art. 24 original de la ley 25.877 y el decreto reglamentario 272/06, no encontrándose la actividad aeronáutica civil aerocomercial entre los servicios esenciales enumerados".

La decisión judicial representa un nuevo revés para el Gobierno, que ya había enfrentado la desestimación de una denuncia presentada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, contra Pablo Biró por "incitación a la violencia". Desde APLA, celebraron la medida y reafirmaron su derecho a la protesta.

El gremio en alerta

En el comunicado, señalaron: "Como evidencia la permanente conducta de APLA, siempre en el marco del Estado de Derecho, contestaremos a cada ilegalidad con mayor convicción sobre las razones de nuestros reclamos”.

Y advirtieron: El gobierno, con cada medida con que se involucra en el conflicto pone en evidencia, repetidamente, situarse como parte del mismo y, con ello, confundir su función de poder público con la de empleador o, peor aún, con la de intereses distintos a los del Estado Nacional y el patrimonio público, violando escandalosamente las normas vigentes y determinado responsabilidad por ello”.

El Gobierno declaró al transporte aéreo como "servicio esencial"

El Gobierno declaró oficialmente el pasado lunes como servicio esencial al transporte aéreo civil y comercialLa medida había sido anunciada el viernes de la semana pasada, el mismo día en que los gremios aeronáuticos cumplían un paro por 24 horas.

La oficialización se realizó a través de los decretos 825/2024 y 831/2024 con las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y los ministros Sandra Pettovello (Capital Humano) y Luis Caputo (Economía).

La norma expresó que "el transporte aéreo resulta una industria vital para la economía" del país e "indispensable" para asegurar la conectividad de las provincias y del país con el exterior.

En ese sentido, señalaron, “conforme a las decisiones del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) resulta legítimo requerir un servicio mínimo en aquellos que son de importancia trascendental para el país y/o en huelgas en sectores de alta importancia que por su duración o magnitud pueden producir daños irreversibles, poner en peligro la salud o la seguridad pública, o generar consecuencias graves para el país”.

Por ello, agregó que "con el fin de evitar daños y perjuicios a los usuarios y a los consumidores que sufren las consecuencias de los conflictos colectivos, así como a las actividades económicas que utilizan el servicio aerocomercial para su correcto funcionamiento"  resulta "menester asegurar un nivel de servicio mínimo de operación de la aeronáutica civil aerocomercial, garantizando el ejercicio del derecho de huelga".

Ante la oficialización de la medida, los gremios advirtieron que se iban a presentar ante la Justicia para revertir la situación y anticiparon que el conflicto que mantienen con Aerolíneas Argentinas en particular y el Gobierno en general, “se va a agravar”. La presentación en la Justicia derivó en el fallo judicial de este jueves, que suspendió la medida tomada por el Gobierno de Javier Milei.

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