El Gobierno continuó este miércoles con la desregulación del sistema de Transporte Aéreo, con la publicación de dos decretos en el Boletín Oficial relacionados con el uso de Drones y la remoción de aeronaves en desuso. Lo hizo mediante la publicación en el Boletín Oficial de los decretos 664 y 663/2024.
El primero de ellos reglamentó los artículos 74 y 75 del Código Aeronáutico que refieren a la remoción de aeronaves accidentadas o abandonadas en los distintos aeropuertos, mientras que el siguiente modifica el artículo 36, referente a la aviación civil no tripulada tanto en el sector agropecuario como en áreas urbanas.
"El objetivo principal es agilizar el proceso que permite remover los aviones que no están en uso y que dificultan las tareas normales de los aeródromos. Con la normativa aprobada el proceso de remoción se hará en un plazo máximo de seis meses", informaron desde la Secretaría de Transporte.
Con esto se logra una mejor utilización de los espacios en las estaciones aéreas, se mejora la seguridad operacional de los aeródromos, se optimiza la rentabilidad de aeropuertos y líneas aéreas y se regula la venta de partes de aquellas aeronaves a ser removidas, ya que prevé un registro continuo de esos componentes, evitando robos e irregularidades.
Ambos decretos fueron firmados por el presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo y la ministra de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Diana Mondino.
De qué trata la reglamentación del uso de drones
En lo que respecta a la reglamentación del uso de drones, el objetivo es desregular su utilización en zonas agrícolas, para potenciar el crecimiento en la industria, mejorando la gestión de control del suelo, fumigación y sembrado. Se trata de un nuevo avance en la reforma aerocomercial impulsado por el nuevo ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
En lo que respecta a esta medida, se eliminaron trámites burocráticos en las habilitaciones para el uso privado para el sector agropecuario. Además, se contempla la movilidad en áreas urbanas y las aeronaves no tripuladas totalmente autónomas.
En los considerandos, se señala que “promover y desregular el uso de Drones como ya se hace en muchos países del mundo, crea un marco oportuno para el desarrollo de estas tecnologías y de inteligencia artificial en Argentina”.
A su vez, el decreto dicta cuáles son las naves que deberán tener certificación para operar. Se establecieron tres categorías distintas:
- Categoría abierta: son aquellos RPA/RPAS cuyas operaciones no requieren de ninguna autorización previa ni a una declaración operacional. También incluye a las actividades que fueran realizadas exclusivamente en las zonas rurales.
- Categoría específica: Son aquellos RPA/RPAS cuyas operaciones requerirán una autorización operacional expedida por la autoridad correspondiente, prestadores de navegación aérea y operadores de aeródromos competentes.
- Categoría certificada: aquellas aeronaves no tripuladas cuyas operaciones requerirán siempre certificación.
Cuáles son los cambios en el Registro Nacional de Aeronaves
Tras intervenir por 180 días la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), el Gobierno dio otro paso en la política de cielos abiertos con un cambio en el Registro Nacional de Aeronaves. Se trata de la digitalización del proceso. Fue formalizada con el decreto 639, publicado este viernes en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Franco, y el ministro de Economía, Luis Caputo.
Con la digitalización del Registro Nacional de Aeronaves, el Ejecutivo busca agilizar los procesos en la obtención de matrículas y optimizar la gestión. Previo a las modificaciones, “tramitar una matrícula podía demorarse hasta cinco años”, aseguraron desde la Secretaria de Transporte.
Con estos cambios, las personas podrán elegir sus “propias matrículas”. Así, podrá proponer una marca de identificación, una combinación de letras y/o números, siempre y cuando no se encuentre pre-asignada.