Este domingo 22 de octubre tendrán lugar los comicios en todo el territorio nacional, los electores tendrán que emitir su voto para elegir al presidente de los próximos cuatro años en la Argentina, y al vicepresidente. Además, se elegirán diputado y senadores nacionales, y en cinco provincias se definirán también cargos locales como intendente y concejales, y en el caso de la Ciudad de Buenos Aires, candidato a jefe de gobierno porteño.
Te puede interesar
Las elecciones generales arrancan este domingo a las 8 horas hasta las 18 horas. El padrón electoral de estas elecciones 2023 ya se encuentra disponible.
En el día de la elección, los votantes deberán presentarse con el DNI actualizado para votar. Sin embargo, ¿qué pasa si me presento con el documento que dice “no válido para votar”?
Cuáles son los documentos válidos para votar este domingo
Todos los documentos son válidos para votar, pero los ciudadanos deberán asistir a las urnas con el documento de identidad nacional que figura en el padrón o con una versión posterior.
En caso de presentarse con una versión anterior, con el DNI digital o con una constancia de que se encuentra en trámite no podrá ingresar en el cuarto oscuro. Es por ello, que los documentos válidos para votar son:
- DNI libreta verde y libreta celeste
- DNI tarjeta (incluso el que dice “no válido para votar”)
- Libreta de enrolamiento
- Libreta cívica
Algunos documentos tienen una inscripción que dice "no válido para votar". No obstante, las autoridades de mesa deben permitirle votar en estas elecciones a quienes se presenten con ese documento, ya que es válido para cumplir con el deber cívico.
Qué pasa si no voy a votar
Todos los ciudadanos de entre 18 y 70 años tendrán la obligación de ir a votar este domingo 22 de octubre. En caso contrario, la persona deberá justificar la no emisión de voto o recibirá una sanción económica, y se los incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar, donde tendrán multas progresivas establecidas por la Justicia Nacional Electoral.
La Junta Nacional Electoral también sanciona a los ciudadanos que no se acerquen a las urnas este domingo, impidiendo que puedan realizar trámites en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires durante un año, ni desempeñar en funciones o empleos públicos por tres años.
No existe una prohibición o limitación que impida votar en las elecciones generales a quienes no hayan participado de las PASO que tuvieron lugar el pasado 13 de agosto. El elector tiene el derecho y la obligación de presentarse a las urnas este domingo 22 de octubre.
En caso de que la persona pueda justificar su no emisión de voto, tendrá un plazo de sesenta días pasada la elección para presentarse ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral más cercano a su domicilio junto con la documentación que justifique el motivo por el cual no sufragaron.
Cuáles son las excepciones por no ir a votar
Según la Ley 19.945, el voto en Argentina es universal, secreto y obligatorio para todos los ciudadanos de 18 y 70 años. Sin embargo, hay una serie de excepciones:
- Si el día de las elecciones se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar de votación.
- Si la persona está enferma o imposibilitada de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas.
- Si el ciudadano es parte de un organismo o empresa de servicios públicos y está impedido de asistir a votar por razones relacionadas con el cumplimiento de funciones.
Cuáles son la multas por no votar
- Si el elector no tiene sanciones previas sin regularizar sólo deberá pagar $50.
- Si cuenta con una infracción previa el monto será de $100.
- En tanto, si el votante tiene dos infracciones sin regularizar el valor llegará a los $200.
- Si tiene tres infracciones previas sin abonar, la multa ascenderá a $400.
- Si el elector tiene cuatro o más infracciones previas sin regularizar el monto a pagar será de $500.