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AFIP anunció la prórroga de Ganancias y Bienes Personales: Quiénes se benefician con esta medida

La Administración Federal de Ingresos Públicos oficializó la extensión de los plazos para la presentación de declaraciones juradas y el pago de impuesto correspondientes al período fiscal 2023.

Viernes, 07 de junio de 2024 a las 09 19,

Por Matías Danura

Viernes, 07 de junio de 2024 a las 09 19,

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), oficializó la extensión hasta finales de agosto para la presentación de declaraciones juradas y el pago de impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2023. El objetivo de esta decisión, es brindar más tiempo a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones fiscales.

La medida, fue formalizada a través de la Resolución General 5516/2024 y publicada este viernes en el Boletín Oficial, y establece que los nuevos vencimientos dependen de la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente o responsable. 

De acuerdo al texto oficial, esta decisión se debe a que el proyecto de ley que modifica los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales aún se encuentra en trámite en el Congreso de la Nación. Por ello, se extiende a la espera de la aprobación en el Senado del Paquete Fiscal.

La prorroga establecida aplica a personas humanas y sucesiones indivisas, conforme a lo estipulado en las Resoluciones Generales N° 975 y 2.151, incluyendo sus modificaciones y complementarias. De igual manera, incluye a los sujetos alcanzados por la Resolución General N° 4.468, su modificatoria y complementarias, que regula el impuesto cedular. 

Vale la pena destacar que el Poder Ejecutivo Nacional envió al Honorable Congreso de la Nación un proyecto normativo donde incluye una propuesta para modificar los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, con vigencia a partir del período fiscal 2023. Los proyectos de Paquete Fiscal y el de la Ley de Bases, obtuvieron media sanción en Diputados el 29 de abril de 2024. Ahora, el debate parlamentario se trasladó a la Cámara de Senadores y ya confirmaron que sesionarán el próximo 12 de junio, donde podrían convertirse en Ley o volver a la Cámara baja con modificaciones.

A la espera de esta decisión legislativa, el organismo recaudador considera necesario implementar medidas que se ajusten a los plazos parlamentarios para el dictado de las leyes, y su impacto en la liquidación anual de los mencionados tributos.

AFIP prorrogó la presentación de declaraciones juradas: A quiénes aplica

  • Personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 975 y 2.151, sus respectivas modificaciones y complementarias.
  • Sujetos alcanzados por la Resolución General N° 4.468, su modificatoria y sus complementarias (impuesto cedular).

AFIP prorrogó la presentación de declaraciones juradas: Cuáles son los nuevos vencimientos

Los nuevos vencimientos dependen de la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente o responsable. Tanto para Ganancias como para Bienes Personales, se realizará de la siguiente manera

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: Fecha límite: 26 de agosto de 2024 (inclusive)
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: Fecha límite: 27 de agosto de 2024 (inclusive)
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: Fecha límite: 28 de agosto de 2024 (inclusive)

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