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El Gobierno oficializó la desregulación del correo

La normativa que se publicó en el Boletín Oficial busca generar el ingreso de nuevas empresas e impulsar la competencia en el sector.

Lunes, 11 de noviembre de 2024 a las 09 09,

Por Thomas Dos Reis

Lunes, 11 de noviembre de 2024 a las 09 09,

El Gobierno oficializó la desregulación del servicio de correos, una decisión que había sido adelantada este fin de semana por el vocero presidencial, Manuel Adorni. "La sobrerregulación de la actividad postal generó barreras de ingreso al mercado, restringiendo la competencia, lo que derivó en un servicio de peor calidad y mayores precios, perjudicando al usuario del servicio", consideró el Ejecutivo.

 Esta normativa, que modifica el Decreto Nº 1187/1993, busca fomentar la competencia, simplificar procesos burocráticos y adaptarse a los avances tecnológicos, resaltaron desde la administración que preside Javier Milei. Se da en el marco de la desregulación que el Gobierno está llevando a cabo en el Estado.

Con esta nueva disposición, los operadores postales podrán inscribirse de forma simple, electrónica, gratuita y declarativa, facilitando el proceso y eliminando la necesidad de trámites presenciales.

De acuerdo al decreto, los operadores que desarrollen actividades en el mercado postal local e internacional "podrán fijar con total libertad la dotación de personal, la modalidad, los tipos de servicios prestados, los equipos, medios de transporte y locales que requieran para su actividad, quedando los mismos únicamente regulados por las normas de carácter general que en cada caso corresponda aplicar".

También se aclara que "el Correo Oficial de la República Argentina S.A. tendrá a su cargo el servicio electoral de las elecciones nacionales".

Desregulación del servicio de correos: los principales puntos del decreto

El Decreto 1005/24 del Gobierno define varias cuestiones del servicio postal:

  • Actividad del mercado postal: comprende todas las actividades relacionadas con la admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega de correspondencia y paquetes de hasta 50 kg, tanto a nivel nacional como internacional. Incluye también a las empresas de mensajería y couriers.
  • Definiciones de usuario, remitente y destinatario: establece quiénes son los usuarios (quienes usan los servicios postales), los remitentes (quienes envían paquetes o correspondencia) y los destinatarios (quienes reciben los envíos).
  • Etapas del proceso postal: define términos como imposición, admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega de envíos postales.
  • Tipos de servicios postales: Servicio Postal Universal: Incluye cartas simples y telegramas de hasta ciertos límites, y debe estar garantizado por una empresa designada. Envío postal: Incluye cartas, encomiendas y cualquier otro producto autorizado para envío, sujeto al secreto postal. Courier y encomiendas: Permite envíos de hasta 50 kg, incluyendo envíos transfronterizos.
  • Envíos especiales: define servicios como giros postales, carta documento, telegrama, y servicio electoral.
  • Otros términos específicos: Estándar de entrega: es el tiempo prometido para realizar la entrega, que se computa desde la admisión hasta el primer intento de entrega. Prestadores de servicios postales: Incluye tanto personas jurídicas (que pueden brindar todos los servicios) como personas humanas (solo para mensajería urbana). Operador postal designado: Será el encargado de cumplir los compromisos de Argentina con la Unión Postal Universal y de ofrecer el servicio postal universal.
  • También establece el marco de confidencialidad y protección de datos personales de los usuarios, y regula aspectos operativos de las actividades postales, como el rol de los generadores de envíos y los puntos de entrega.

 

Federico Sturzenegger: "El correo ya no tiene valor estratégico, por lo que desde ahora permitiremos que cualquiera pueda participar del negocio"

Tras la publicación en el Boletín Oficial, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, expresó en sus redes: "El correo ya no tiene valor estratégico, por lo que desde ahora permitiremos que cualquiera pueda participar del negocio. Es una historia interesante", remarcó.

"Veamos: en el siglo XVIII el correo era una herramienta para integrar una nación. Así, la Constitución de los EEUU establecía como una de las obligaciones del gobierno federal la gestión de los correos. Nuestra constitución se lo delegó al Congreso en su Art. 75", recordó.

El funcionario continuó con su repaso histórico: "El gobierno de Onganía (que armó el sistema de las castas) emitió la ley 20.216 que establecía el monopolio absoluto del correo oficial. Entre otras barbaridades le permitía no entregar la correspondencia que consideraba que podía contener información impropia, o abrir la correspondencia en caso de sospechar de sus contenidos. Como una suerte de 1984, a la ley 20.216 no le interesaban los usuarios sino el control del Estado de la información que manejaban sus ciudadanos".

"Por suerte llegó la onda desreguladora de los '90 y Domingo Cavallo con el Decreto 1187/93 suprimió el monopolio y amplió los jugadores del sector. Sin embargo, persistían restricciones al ingreso a la actividad a través de complicados sistemas de registración y habilitación. Como siempre estos sistemas son eminentemente antipymes y antiinnovación. El Decreto 1005/24 elimina estas trabas", subrayó.

Así, a partir de la nueva medida, "no existe más un proceso de habilitación", resaltó. Y agregó: "Cualquier persona jurídica que desee manejar correo podrá hacerlo y solo deberá informar que está involucrado en dicha actividad". "En mensajería urbana también lo podrán hacer las personas humanas. No se necesitará entregar documentación ni comprobar la tenencia de vehículos u otras instalaciones; se caen todos los trámites de habilitación: el negocio pasa a ser libre", enfatizó.

"Se permite la plena digitalización de telegramas y documentos certificados, extendiendo los beneficios de la firma digital remota al negocio postal. Esperamos esto abra un nuevo e interesante negocio", consideró.

Y concluyó: "La no exigencia de comprobar vehículos en mensajería urbana implica que cualquier actor podrá operar como punto de entrega y repartidor de envíos postales, facilitando el desarrollo del comercio electrónico y generando una fuente de ingresos adicionales para comercios, canillitas, remiseros y operadores de plataformas".

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