El Gobierno oficializó la derogación del Decreto Nº 805/2021 que extendía la emergencia en materia de posesión y propiedad de tierras ocupadas por comunidades indígenas en el país, vigente desde 2006.
De acuerdo a los fundamentos expuestos en el decreto 1083/2024, firmado por el presidente Javier Milei y sus ministros, señala que la prolongación de esta emergencia por 18 años generó "inseguridad jurídica" y una "grave afectación al derecho de propiedad" de legítimos dueños, así como al dominio provincial sobre recursos naturales.
Así, quedó sin efecto la suspensión de la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de esas tierras.
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Suspendieron el decreto que extendía la emergencia en tierras indígenas: los detalles
Suspender el decreto que extendía la emergencia en tierras indígenas marcó un punto de inflexión en una normativa que había sido prorrogada en múltiples ocasiones desde su sanción en 2006. Es que, en palabras que el Gobierno dejó escritas en el decreto, "cada día que transcurre con la suspensión de desalojos genera una grave afectación al derecho de propiedad de los legítimos dueños”.
En los considerandos de la norma se argumenta que las sucesivas extensiones de la ley facilitaron “abusos”, incluyendo la “inscripción irregular de comunidades indígenas”.
Según las cifras que se mencionan en el texto, en la actualidad hay 1626 comunidades reconocidas, muchas de las cuales, según el Gobierno, “no cumplen con los requisitos mínimos” para ser consideradas como tales.
En ese sentido, el DNU también apunta a resolver un problema de carácter económico. Se sostiene que la emergencia territorial frenó inversiones y proyectos de infraestructura, además de limitar el uso productivo de las tierras. “Es imprescindible recuperar la confianza de los ciudadanos en que su propiedad será respetada”, subrayaron fuentes cercanas al Ejecutivo.
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El Gobierno podrá desalojar comunidades indígenas
El decreto no solo pone fin a la emergencia territorial, sino que va más allá en materia de derechos humanos: revoca la suspensión de desalojos prevista en la Ley 26.160.
Sobre los desalojos, el Ejecutivo planteó que su suspensión “se traduce no solo en una afectación al derecho de propiedad, sino también, en muchos casos, en mantener un desahucio de los legítimos propietarios con afectación a su derecho a la vivienda”.
Es decir, los propietarios afectados por ocupaciones podrán “retomar acciones legales” para recuperar sus tierras. En el mismo sentido, se busca garantizar el pleno ejercicio de dominio, uso y disposición de los bienes inmuebles involucrados.
Esta disposición va en línea con la postura del Gobierno de priorizar la propiedad privada como pilar del desarrollo económico. Según explicaron, la norma contribuiría “a fortalecer la seguridad jurídica y atraer inversiones”.