Con el fin del cepo cambiario, los bancos comienzan a operar sin restricciones para la compra de dólares. Desde hoy, las personas humanas tienen acceso al dólar oficial sin restricciones y se eliminó el tope de u$s200 de acceso al Mercado Libre de Cambios.
La medida fue anunciada el viernes por el ministro de Economía, Luis Caputo, quien, además, dio a conocer que comenzará a regir un nuevo esquema de flotación administrada para el dólar, que se moverá dentro de una banda que irá de los $1.000 a los $1.400, con una actualización mensual.


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¿A cuánto se vende el dólar luego del fin del cepo?
Según informó el Banco Central de la República Argentina (BCRA), la cotización del dólar oficial para venta fue la siguiente:
- BANCO DE GALICIA: $1.180 para la venta y $1.230 para la compra
- BANCO NACION: $1.160 para la venta y $1.210 para la compra
- ICBC: $1.179,50 para la venta y $1.237 para la compra
- BBVA : $1.150 para la venta y $1.200 para la compra
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- BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES: $1.170,05 para la venta y $1.239,95 para la compra
- BANCO PATAGONIA: $1.150 para la venta y $1.225 para la compra
- BANCO SANTANDER: $1.180 para la venta y $1.230 para la compra
- BRUBANK: $1.180 para la venta y $1.215 para la compra
- BANCO PIANO: $1.160 para la venta y $1.230 para la compra
¿Quién puede comprar dólar oficial?
A partir de este lunes 14 de abril, todas las personas físicas podrán comprar dólares a través del homebanking y de la app de cada uno de los bancos públicos y privados. Esto es posible porque se eliminaron todas las restricciones existentes para el acceso de dólares, según anunció el viernes el ministro de Economía, Luis Caputo.
De igual forma, es vital hacer una aclaración: quienes deseen comprar dólares por ventanilla, solo podrán sacar u$s100 por mes; además deberán firmar una declaración jurada.
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¿Qué restricciones se eliminan para comprar dólar ahorro?
Desde este lunes, se eliminan todas las restricciones que impedían a ciertas personas físicas acceder al mercado oficial de cambios. Con la nueva normativa, ya no habrá prohibiciones para quienes:
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Hayan recibido durante la pandemia beneficios para pagar créditos hipotecarios UVA o préstamos otorgados por ANSES.
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Se hayan adherido a moratorias previsionales o recibido créditos a tasa subsidiada.
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Hubieran solicitado subsidios para servicios públicos como gas o electricidad.
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Percibieron su salario a través de programas de asistencia oficial.