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El Gobierno suspendió el aumento en las tarifas eléctricas por la "notoria desaceleración inflacionaria"

La audiencia pública convocada para el 5 de noviembre fue suspendida. Allí se iban a debatir los nuevos valores. Lo confirmó el ENRE.

Martes, 15 de octubre de 2024 a las 11 37,

Por Thomas Dos Reis

Martes, 15 de octubre de 2024 a las 11 37,

El Gobierno suspendió la convocatoria a audiencia pública para fijar nuevos valores en las tarifas de transporte de energía que tienen incidencia en el costo final de las facturas de electricidad.

La decisión se dio a conocer este martes mediante la Resolución 743/2024 publicada en el Boletín Oficial por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), determinando “dejar sin efecto la convocatoria a audiencia pública para el día 5 de noviembre de 2024”, que había sido anunciada a principios de mes.

En cuanto a los motivos, el organismo subrayó dos conceptos claves: la "positiva reacción de la economía" y la "notoria desaceleración inflacionaria". Estos puntos fueron determinantes para postergar el debate sobre las tarifas.

"Teniendo en cuenta la positiva reacción de la economía a las acciones implementadas por el Ministerio de Economía y la notoria desaceleración inflacionaria verificada a la fecha, resulta razonable y prudente postergar la realización de la Audiencia Pública hasta la fecha que oportunamente se determine”, explicaron.

Esa audiencia buscaba “poner en conocimiento y escuchar opiniones respecto de las propuestas tarifarias presentadas por las empresas concesionarias del servicio público de transporte de energía eléctrica”.

Qué pasará ahora

Las empresas transportistas en cuestión son Transcomahue, Transnea, Transnoa, Transba, Transpa, Epen, Distrocuyo y Transener y las tarifas a fijar eran las correspondientes a partir del 1 de enero de 2025, en el marco del Proceso de Revisión Quinquenal de Tarifas (RQT), que dispuso el ENRE en abril pasado.

De esta manera, está estipulado que la convocatoria se lleve a cabo “con carácter previo a definir las tarifas a aplicar por las referidas concesionarias en dicho quinquenio”.  El valor del transporte de la energía eléctrica, que representa el 1,5% del precio final, es uno de los cuatro componentes que integran el costo total de la factura de luz.

¿Cuál fue el último aumento?

A comienzos de octubre, el ENRE había autorizado nuevos valores en las tarifas por la actualización en los costos del transporte y la distribución al disponer que “la tarifa a usuario final deberá ser incrementada en un 2,7%, debiéndose entonces reflejar de ese modo las actualizaciones de los precios PEST y las tarifas de transporte y distribución de energía eléctrica en su incidencia correspondiente para alcanzar tal resultado”.

Con ese ajuste, la tarifa media de la distribuidora Edenor se ubica en el orden de los $106,337 por kWh, mientras que la tarifa media de Edesur pasa a ubicarse en el orden de los $101,820 por kWh.

Tasas Municipales: el Gobierno prohibió el cobro en las facturas de Edenor y Edesur

El Gobierno oficializó el pasado martes la eliminación de las tasas municipales de las facturas de Edenor y Edesur, que se suman a las de gas. La medida ya se había tomado en septiembre a través de la Secretaría de Industria y Comercio y recibió dos fallos en contra en la Justicia. Ahora, el Ejecutivo vuelve a embestir contra los municipios.

La decisión fue formalizada mediante la Resolución 708/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial con la firma del interventor del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), Darío ArruéEl ENRE tiene alcance solo sobre las distribuidoras de Edenor y Edesur, que brindan el servicio en el área metropolitana de Buenos Aires (AMBA). El resto de las distribuidoras son reguladas por los entes provinciales.

En dicho documento se estableció "dejar sin efecto toda autorización que haya sido otorgada por este ente, en orden a que se incluya en las facturas que emiten Edenor S.A. y Edesur S.A. conceptos a cobrar ajenos a dicho servicio de carácter federal”.

Esta medida va en línea con la Resolución de la Secretaría de Comercio 267/2024 publicada semanas atrás que busca limitar el cobro de “cargos ajenos a la naturaleza del servicio” que se está facturando, lo que alcanzó desde las tasas viales que cobran algunos municipios en las estaciones de servicio, hasta las “ecotasas” que cobran los hoteles en zonas turísticas.

De este modo, quedaron prohibidas todas las tasas que se cobran de manera directa a los usuarios y que no tienen relación con el consumo del bien o servicio adquirido.

En otra parte del documento se dejó en claro que "los consumidores de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información fehaciente y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno, debiendo las autoridades proveer a la protección de esos derechos".

La normativa enfatiza en que los proveedores de bienes y servicios tienen la obligación de suministrar información precisa, detallada y clara sobre los productos y servicios que ofrecen. Por esto mismo, calificaron como “abusivas e ineficaces” aquellas cláusulas que limiten la responsabilidad de los proveedores o desnaturalicen sus obligaciones, por lo que subrayaron que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios deben informar a los usuarios sobre su derecho a reclamar indemnizaciones en caso de ser facturados por sumas o conceptos indebidos.

A modo de ejemplo, mencionaron la tasa de alumbrado público que el ENRE autorizó años atrás a incluir en las facturas de los usuarios de las empresas Edenor y Edesur.

 
 

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