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Flybondi desmintió una supuesta sanción de la ANAC y señaló un “error” en el comunicado

La aerolínea low cost se pronunció para desmentir la información de una supuesta penalización impuesta por la autoridad aeronáutica.

Lunes, 28 de octubre de 2024 a las 19 36,

Por Ezequiel Bucetto

Lunes, 28 de octubre de 2024 a las 19 36,

La aerolínea Flybondi salió al cruce de las recientes declaraciones de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), desmintiendo haber recibido sanciones oficiales, como el propio organismo había anunciado previamente.

La ANAC emitió en horas de la tarde un comunicado en el que mencionaba “sanciones” contra la empresa por presuntas fallas en el servicio de transporte aéreo, aunque más tarde corrigió la información, indicando que se trató de un “error” en la comunicación.

Finalmente, desde Flybondi precisaron que lo que había ocurrido en realidad fue “el labrado de tres actas, las cuales aún no habían sido recibidas por la empresa” y que tuvieron conocimiento de estas a través de los medios de comunicación.

Flybondi aclaró que no hubo sanción de la ANAC

El comunicado inicial de la ANAC titulado “Sanciones a Flybondi por incumplimiento de servicios” señalaba que el organismo “continúa labrando actas a las empresas aéreas por incumplimientos en la prestación de servicios, como cancelaciones de vuelos y cambios de itinerarios sin previo aviso”.

Sin embargo, horas después, una aclaratoria enviada a los medios expresó: “Ante las diferentes consultas, la empresa (Flybondi) está siendo notificada de las actas de infracción en el día de la fecha. Hasta el momento no hay sanciones, sino que se labraron las actas de infracción correspondientes y la empresa tiene la posibilidad de recurrir antes de que se establezcan las mismas”.

Según detalló la ANAC, las actas fueron emitidas por “23 cancelaciones de vuelos comerciales” en el último mes, reflejando así una serie de reclamos acumulados por los pasajeros.

Los pilotos rechazaron la reglamentación de aeronaves extranjeras e iniciaran acciones legales contra la ANAC

La Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) decidió emprender acciones legales en respuesta a la reciente reglamentación implementada por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), que regula la operación de aeronaves y tripulaciones extranjeras en Argentina. 

La medida fue anunciada hoy y generó un fuerte rechazo dentro del gremio. A través de un comunicado publicado en X, APLA expresó su desacuerdo con las nuevas normas que facilitan la incorporación de aeronaves y pilotos de otros países.

El gremio fundamenta su oposición en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, el cual modifica el Código Aeronáutico argentino. "La ANAC ha establecido nuevas normas para permitir la incorporación de aeronaves y pilotos extranjeros", señala el comunicado.

La Asociación de Pilotos irá a la Justicia en oposición a la nueva normativa

Los representantes de APLA advierten que esta decisión podría tener repercusiones negativas en la industria aeronáutica nacional. "Si tenemos pilotos argentinos habilitados y capacitados, no hay razón para implementar este procedimiento", afirman.

Además, el gremio sostiene que "esta medida no solo pone en riesgo el empleo de quienes trabajan arduamente para garantizar la seguridad en nuestros cielos, sino que también atenta contra nuestra soberanía".

En este sentido, APLA acusa que la nueva reglamentación no solo perjudica a los profesionales argentinos, sino que también plantea un dilema en términos de seguridad nacional. "APLA está tomando acciones legales para impugnar esta nueva reglamentación, que se apoya en un DNU que ya ha sido declarado inconstitucional por la Justicia", sumaron en su comunicado. Y reiteraron que "en APLA, rechazamos con firmeza las decisiones que no protegen el trabajo de nuestros profesionales".

La resolución 363/2024, que publicada hoy en el Boletín Oficial, detalla las autorizaciones para operaciones aerocomerciales con personal y aeronaves de matrícula extranjera. Esta normativa surgió en cumplimiento del decreto emitido el mes pasado, que delega a la ANAC la responsabilidad de habilitar estas operacEliones.

La regulación abarca los artículos 106 y 107 del Código Aeronáutico (Ley 17.285), permitiendo que personal extranjero realice funciones aeronáuticas en servicios aerocomerciales y autorizando el uso de aeronaves de matrícula extranjera en el país, cuando así lo requieran las aerolíneas.

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