El Gobierno bajó la tasa del registro a la propiedad inmueble de la Capital Federal, pasando del 2% al 1%. Lo anunció en el decreto 902/2024, publicado en Boletín Oficial.
La medida, que entrará en vigencia el 29 de octubre, reduce del 2% al 1% la tasa aplicada sobre las operaciones documentadas que deban ser registradas. Semanas atrás, la AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler.
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Este tributo especial aplica a todas las inscripciones, anotaciones o reinscripciones de inmuebles que no hubieran sido gravadas previamente, buscando aliviar las cargas sobre las operaciones inmobiliarias.
No obstante, el comunicado aclaró que cuando el documento presentado no estableciera monto de la operación, la tasa se calculará sobre la valuación fiscal del o de los inmuebles comprendidos, vigente al momento de solicitar la registración.
Al mismo tiempo, se establece que, cuando se trate de la compra de inmuebles con destino a vivienda propia, mediante planes oficiales de vivienda, se reducirá al 0,5% la tasa general. El extremo legal será acreditado mediante declaración jurada del interesado, efectuada bajo su responsabilidad civil y/o penal, formulada en el documento respectivo.
El Ministerio de Justicia fue instruido para simplificar el sistema de contribuciones y adaptar las normativas vigentes, particularmente las establecidas en la Ley N° 17.050, en beneficio de los usuarios del sistema registral. Esta reducción busca fomentar la actividad inmobiliaria y aliviar la carga fiscal de quienes buscan adquirir su vivienda.
Por otro lado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) también tomó medidas en beneficio de pequeños contribuyentes, microempresas y entidades sin fines de lucro. A través de la Resolución General N° 5583/24, la AFIP estableció un límite en la tasa de interés aplicable a los planes de facilidades de pago, asegurando que esta no supere la tasa de interés vigente para otros contribuyentes.
Estas medidas se enmarcan en un plan de apoyo a pequeños contribuyentes y sectores vulnerables, promoviendo mejores condiciones para la refinanciación de deudas y el acceso a la vivienda.
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La eliminación del ITI para las Personas Humanas, sucesiones Indivisas y las personas que hacen operaciones inmobiliarias en forma individual rige para las adquisiciones efectuadas antes del 1/1/2018, mientras que las propiedades adquiridos antes de esa fecha no pagarán ningún impuesto al momento de ser vendidos.