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El Gobierno prohibió el cobro de tasas municipales en las facturas de Edesur y Edenor

La medida se estableció a través de una resolución del ENRE. Desde ahora, las empresas distribuidoras de energía del AMBA no podrán sumar “conceptos ajenos” al servicio en las facturas

Martes, 08 de octubre de 2024 a las 13 16,

Por Thomas Dos Reis

Martes, 08 de octubre de 2024 a las 13 16,

El Gobierno oficializó este martes la eliminación de las tasas municipales de las facturas de Edenor y Edesur, que se suman a las de gas. La medida ya se había tomado en septiembre a través de la Secretaría de Industria y Comercio y recibió dos fallos en contra en la Justicia. Ahora, el Ejecutivo vuelve a embestir contra los municipios.

La decisión fue formalizada mediante la Resolución 708/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial con la firma del interventor del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), Darío ArruéEl ENRE tiene alcance solo sobre las distribuidoras de Edenor y Edesur, que brindan el servicio en el área metropolitana de Buenos Aires (AMBA). El resto de las distribuidoras son reguladas por los entes provinciales.

En dicho documento se estableció "dejar sin efecto toda autorización que haya sido otorgada por este ente, en orden a que se incluya en las facturas que emiten Edenor S.A. y Edesur S.A. conceptos a cobrar ajenos a dicho servicio de carácter federal”.

Esta medida va en línea con la Resolución de la Secretaría de Comercio 267/2024 publicada semanas atrás que busca limitar el cobro de “cargos ajenos a la naturaleza del servicio” que se está facturando, lo que alcanzó desde las tasas viales que cobran algunos municipios en las estaciones de servicio, hasta las “ecotasas” que cobran los hoteles en zonas turísticas.

De este modo, quedaron prohibidas todas las tasas que se cobran de manera directa a los usuarios y que no tienen relación con el consumo del bien o servicio adquirido.

En otra parte del documento se dejó en claro que "los consumidores de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información fehaciente y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno, debiendo las autoridades proveer a la protección de esos derechos".

La normativa enfatiza en que los proveedores de bienes y servicios tienen la obligación de suministrar información precisa, detallada y clara sobre los productos y servicios que ofrecen. Por esto mismo, calificaron como “abusivas e ineficaces” aquellas cláusulas que limiten la responsabilidad de los proveedores o desnaturalicen sus obligaciones, por lo que subrayaron que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios deben informar a los usuarios sobre su derecho a reclamar indemnizaciones en caso de ser facturados por sumas o conceptos indebidos.

A modo de ejemplo, mencionaron la tasa de alumbrado público que el ENRE autorizó años atrás a incluir en las facturas de los usuarios de las empresas Edenor y Edesur.

Qué pasa con las tasas municipales en las boletas de luz y gas tras la medida del Gobierno

El Gobierno les prohibió a los intendentes que cobren tasas municipales en servicios públicos como en las tarifas de luz y gas. Se trata de contribuciones económicas que pagan los ciudadanos y empresas en contraprestación por un servicio de los municipios, como el alumbrado, barrido y limpieza (ABL) o seguridad e higiene, entre otros.

Con esta decisión, las facturas de gas, luz y agua “deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor”.

Así lo dispuso el 11 de septiembre mediante la resolución 267. Se indicó que las empresas prestadoras de servicios públicos “deberán colocar en toda facturación que se extienda al usuario, su derecho a reclamar una indemnización si le son facturadas sumas o conceptos indebidos”.

Por su parte aclararon que no se eliminan las tasas municipales, sino que cada distrito deberá enviar su boleta por separado.

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