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ARCA actualizó los montos a partir de los cuales los bancos deben informar las transferencias y saldos de sus clientes

El organismo recaudador informó los nuevos topes para que las entidades financieras reporten sobre transacciones, saldos y consumos de las cuentas de sus clientes.

Jueves, 02 de enero de 2025 a las 14 27

Por Thomas Dos Reis

Jueves, 02 de enero de 2025 a las 14:27

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, elevó este jueves los montos mínimos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de sus clientes

A partir de esta modificación, los bancos deberán reportar cuando el total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales en las cajas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas sueldo, especiales y de la seguridad social llegue al $1.000.000, que hasta ahora era de $700.000. 

Esta actualización se realiza de manera semestral y automática, basada en la inflación acumulada del período anterior. Además, tiene como objetivo mejorar el control y la transparencia en las transacciones financieras, sin que los consumidores se vean directamente afectados por estos cambios, ya que solo impacta a las entidades y plataformas involucradas en la gestión de estas operaciones.

Nuevo tope para informar movimientos en bancos y billeteras virtuales a ARCA: de cuánto es

Desde enero, los montos mínimos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de sus clientes fueron elevados por la ex AFIP.

  • $600.000:
    • Total de consumos con tarjetas de débito del país.
    • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
  • $1.000.000:
    • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
    • Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
    • Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
    • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
    • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
  • $2.000.000:
    • Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

Estos topes representan un umbral de alerta para ARCA. A partir de esos montos, el organismo puede solicitar a los contribuyentes la documentación que demuestre el origen de los fondos, asegurándose de que provengan de actividades legítimas y declaradas. En otras palabras, por debajo de esos niveles, los movimientos financieros no suelen ser detectados por la agencia.

Es importante destacar que los movimientos por debajo de esos montos también requieren declaración, aunque es más difícil que sean detectados por el regulador. ARCA exige a las entidades informar los movimientos por encima de esos niveles, lo que los hace más fácilmente detectables.

Cómo es el proceso de investigación del ARCA

En caso de detectar irregularidades, la agencia nacional puede proceder a iniciar un proceso de investigación sobre los fondos y el titular de las cuentas desde donde se realizaron las transferencias. En ese caso, el organismo podrá:

  • Exigirle al cliente presentar la documentación (recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios, facturas emitidas en los últimos seis meses) que respalde la legalidad de los fondos.
  • Si la persona no pudiera justificar dichos ingresos o egresos, la ARCA podría tomar medidas severas, como cerrar la cuenta del usuario y generar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).

¿Qué documentación puede pedir la ARCA este 2025?

En caso de que el organismo inicie una investigación, las autoridades del ARCA pueden exigir documentación específica al cliente. Entre ellas se encuentra:

  • Boletas de compra y venta
  • Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa
  • Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios
  • Facturación de los últimos meses
  • Constancia del monotributo
  • Certificado de fondos emitido por un contador público.

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