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Condenaron a Dani Alves a cuatro años y seis meses de prisión

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña encontró al brasileño culpable de violar a una joven a finales de 2022 en una discoteca en Barcelona

Jueves, 22 de febrero de 2024 a las 09 26

Por Redacción

Jueves, 22 de febrero de 2024 a las 09:26

Después de estar detenido durante un año entero, este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó la sentencia en el caso Dani Alves, quien fue declarado culpable en el delito de agresión sexual contra la joven de 23 años en la discoteca Sutton de Barcelona, el pasado 30 de diciembre del 2022.

El tribunal consideró que la víctima no consintió las relaciones y que, además del propio testimonio de la denunciante, existen elementos de prueba para entender probada la violación. Por lo tanto, la Justicia determinó que el futbolista brasileño deberá cumplir la pena de 4 años y 6 meses de cárcel.

Además, el defensor deberá pagar una indemnización a la víctima con 150.000 euros por el daño moral y las lesiones sufridas y a una multa total de 9.000 euros por un delito leve de lesiones.

Si bien desde la Fiscalía habían solicitado nueve años, el magistrado estableció que sea la mitad de lo pedido y que tenga cinco años de libertad vigilada, alejamiento e incomunicación con la victima por nueve años y seis meses.

A partir de ahora, Alves continuará su estadía en el mismo centro penitenciario, el cual está destinado a los acusados por delitos sexuales, en donde se encuentra ocupando una celda individual y, según el medio español El Periódico, pasa la mayor parte del día en soledad. Además, el mismo diario aseguró que el tres veces mundialista con Brasil no goza de privilegios y fue elegido para realizar las tareas de limpieza y mantenimiento. 

A mediados del mes de junio, Dani Alves rompió el silencio y brindó una extensa entrevista donde se defendió de las acusaciones y manifestó su versión de la historia.  A la hora de hablar sobre lo que ocurrió aquella noche, Alves contó lo mismo que dijo en la última declaración que presentó ante la fiscalía: Que acordó con la joven de 23 años mantener relaciones sexuales en el baño de la discoteca, siempre de manera consentida. “Todo lo que pasó y no pasó allí dentro solo lo sabemos ella y yo. Tengo la conciencia muy tranquila de lo que ocurrió aquella madrugada en el baño.  Lo que ocurrió y lo que no ocurrió. Y lo que no ocurrió es que yo obligara a esa mujer a hacer nada de lo que hicimos”explicó.

“Yo le propuse ir al baño. Lo hice porque sé que está ese baño. Llevábamos un rato bailando muy pegados. No nos besamos, ni nada. Pero era evidente por los movimientos y las miradas que había una atracción”, reconoció el futbolista y agregó: “Hablamos, sí, pero de tonterías de la noche. Nada importante. Pero hay un momento en que nos estamos acercando mucho. Estamos en un lugar público y aunque mi amigo Bruno se coloca delante todo el rato para evitar que nos hagan fotos, yo le propongo ir al baño. Le digo que la esperaba ahí”.

"Paso un rato y pensé que ella habría cambiado de opinión porque estaba tardando mucho. Ya estaba saliendo por la puerta cuando la vi acercarse. Me hice a un lado, pasó junto a mi y luego entró en el baño. Yo entré detrás. Ni cerré la puerta con pestillo. Sabía que Bruno estaba fuera pendiente de que no entrara nadie. Mi amigo sabía lo que estábamos haciendo”, contó.

“Ella en ningún momento me dijo que me detuviera. Ni hizo ningún gesto de quererse ir. La puerta estuvo abierta en todo momento, podría haberse ido porque yo permanecí sentado prácticamente todo el rato sobre la tapa del inodoro. No hay ni una sola marca en su cuerpo que explique esa violencia con la que ella dice que la moví en baño”, sentenció.

Pese a estas declaraciones, el Tribunal de la Sección 21 de la Audiencia de Barcelona resolvió: "Se considera probado que el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse. La penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir del baño privado de la discoteca Sutton donde ocurrieron los hechos". Y entiende que “con ello se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia, y con acceso carnal”.

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