Este viernes gran parte del país estuvo afectado por un paro de colectivos de corta y media distancia. Muchos trabajadores no pudieron llegar a sus puestos de trabajo, muchos de ellos, perdieron el presentismo.
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Es por ello que, desde el Ministerio de Trabajo de la Nación, a cargo de Raquel Kelly Olmos, se publicó una resolución para evitar que las empresas realicen descuentos salariales en el marco del paro de colectivos que tuvo lugar en la jornada de este viernes 7 de julio.
Según la ministra, las demoras de los trabajadores a sus puestos de trabajo se debieron a razones de “fuerza mayor”, es por ello que dejó en claro que "habrá sanciones a las empresas que no destinaron las partidas a los salarios".
Según las propias palabras de la ministra, el motivo del paro que llevó adelante la Unión de Tranviarios Automotor (UTA): “Esto es lo que se conoce habitualmente como lockout patronal. No hay que negar ni ocultar que detrás de este lockout hay intencionalidad política".
"El Estado transfirió los subsidios correspondientes a ese pago de salarios. Los empresarios, en algunos casos, lo liquidaron correctamente, y en un caso mayoritario en el AMBA hicieron una retención indebida de recursos que tienen por destino el pago de los salarios", explicó la ministra Olmos en su cuenta de Twitter.
Entre el paro de colectivos, la gran demanda de taxis y el colapso de los subtes, se sumó el paro del Tren Sarmiento. En este sentido, Olmos comentó sobre el sorpresivo paro del ferrocarril que se trató de una "interna gremial de carácter jerárquico", por lo que un sector aprovechó la situación para realizar una medida que consideró "extorsiva".
Por otro lado, también remarcó: "Con la suscripción de la Paritaria por parte del sector empresario se levantó el paro de colectivos. Junto a @SergioMassa y @DiegoGiuliano se convocó para este lunes a una mesa de diálogo entre todos los protagonistas".
Qué dice la resolución publicada por el Ministerio de Trabajo
En la resolución publicada por el Ministerio de Trabajo, se establece que “los trabajadores afectados en su movilidad a los fines de la concurrencia a sus puestos de trabajo como consecuencia de las medidas referidas en el considerando, conservaran el derecho al goce integro de sus ingresos habituales”.
A su vez, se deja en claro que “los trabajadores comprendidos en la presente deberán acreditar dicha condición ante su empleador, debiendo en caso de divergencias interpretativas, resolverse la cuestión por la vía del dialogo social entre empleadores, o sus representantes y las organizaciones representativas de trabajadores”.
Además, asegura que la resolución entra en vigencia a partir de la fecha.