Esta tarde, se publicó en el Boletín Oficial una medida que especifica que solo podrán ofrecer el servicio aquellos locales que contaban con autorización previa a la cuarentena para instalar mesas solamente en las veredas, de este modo, queda prohibido el uso de terrazas o patios dentro de los locales gastronómicos.
A través de la Decisión Administrativa 1600/2020 el gobierno de Alberto Fernández habilitó la atención al aire libre en los locales gastronómicos de la ciudad de Buenos Aires.
Dicha normativa permite "la actividad gastronómica al aire libre, exclusivamente en vereda, calzada u otros sectores del espacio público", pero la particularidad que tiene esta disposición es que prohibe "el uso de espacios o salones interiores, patios interiores, terrazas jardines o similares", según lo expresado en el Boletín Oficial.
Los restaurantes que están habilitados a abrir sus puertas son aquellos que cuentan "con habilitación para funcionar al aire libre, en vereda, calzada u otros sectores del espacio público otorgada por la autoridad correspondiente de la jurisdicción con anterioridad al dictado de la presente decisión administrativa".
Dentro del protocolo para el funcionamiento de los locales gastronómicos se destacan algunos puntos:
-No estará habilitado el acceso ni servicio en los salones internos de los establecimientos, salvo para ir a los sanitarios. Se debe inhabilitar el acceso a áreas de juegos.
La distancia entre las mesas deberá ser como mínimo de 2 metros y la distancia, de ser posible, entre los comensales en cada mesa deberá ser de 1,5 metros.
- Las mesas deberán ser como máximo para una capacidad de cuatro personas.
- Las mesas y superficies deberán limpiarse y desinfectarse luego de que se retire cada comensal y previo a que se siente uno nuevo.
- Las personas deberán mantener una distancia de un 1,5 metros en todo momento.