Este miércoles, el Gobierno nacional envió el proyecto de “Ley Ómnibus” al Congreso, entre los distintos artículos, suspende la actual fórmula de movilidad que actualiza las jubilaciones y otras prestaciones sociales cada tres meses.
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En este sentido, según la norma, el Ejecutivo podrá realizar aumentos por decreto hasta que se establezca un nuevo mecanismo de revisión automática.
En el capítulo tres de la denominada “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los argentinos” habla de “movilidad de las prestaciones”, donde menciona la suspensión de la vigente fórmula previsional.
El artículo 106 de la norma suspende la aplicación del artículo 32 de la Ley 24.241 que establece la movilidad de los haberes por jubilaciones y pensiones, de la que dependen la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo. Asimismo, suspende la vigencia para prestación básica universal, la compensatoria, el retiro por invalidez, por fallecimiento y por permanencia.
El proyecto dispone una fórmula automática de ajuste “teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”.
“Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”, señala el artículo.
Bono a Jubilados
Los jubilados que cobran hasta $160.713 recibieron este mes un bono de $55.000 en el caso del haber mínimo ($105.713). Sin embargo, en el mes de enero ya no estará vigente el ingreso de este bono, por lo que si no hay otro adicional, los jubilados cobrarán un ingreso más bajo que el de los últimos meses.
Sin embargo, en las últimas horas, se conoció que el Gobierno evalúa dar un bono de hasta $55.000 para jubilados y pensionados en el mes de enero.
Se trata de una "ayuda económica previsional" que llevará adelante el Ministerio de Capital Humano y se oficializaría en las próximas horas a través de un decreto. Según trascendió, el bono no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.
A quiénes alcanzará el bono
- Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES, otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05.
- Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
- Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.