Según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aumentarán los pisos salariales no imponibles y el nuevo mínimo será de $2 millones en relación a la actualización prevista en el paquete fiscal de este año. La tabla será publicada en los próximos días.
De esta manera, para quienes sean trabajadores solteros y sin hijos, el mínimo no imponible pasará de $1.800.000 a $2.040.300 y el mínimo no imponible aumentará de $2.300.000 a $2.682.208 para trabajadores que estén casados y tengan dos hijos.
La actualización del importe se da a partir de la inflación de junio (4,6%), de julio (4%) y agosto (4,2%) por lo que representa un 12,8% para los sueldos que se cobrarán en octubre. Por su parte, los próximos ajustes serán en enero y julio a partir de la inflación acumulada en cada semestre.
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Cambios en el Blanqueo: AFIP aclaró que no va a investigar a los monotributistas que adhieran al régimen de regularización
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicará esta semana en el Boletín Oficial las condiciones y procedimientos para que los monotributistas puedan acreditar la titularidad de inmuebles en el marco del “Régimen de Regularización de Activos”, más conocido como “blanqueo”.
Mediante un decreto próximo a publicarse, el organismo reglamentó ciertos aspectos para monotributistas, regularización de obras sobre inmuebles, bienes de cambio y otros y aclaró que "los activos declarados por monotributistas no serán tomados en cuenta como antecedentes para su exclusión o recategorización en períodos anteriores a la declaración".
La AFIP realizó esta aclaración a partir de consultas realizadas por profesionales y contadores que tenían dudas sobre las implicancias que podían tener para los monotributistas esta declaración de bienes. Los cambios serán publicados esta semana en el Boletín Oficial.
Con esta medida -que surge el mismo día en que el organismo eliminó la obligación de informar telegramas laborales- se busca evitar que la AFIP investigue para atrás, por ejemplo, el origen de los fondos declarados en la suposición de que se trata dinero de impuestos que no se pagaron.
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La AFIP eliminó la obligación de informar telegramas laborales
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar al organismo intimaciones a empleadores realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales mediante telegramas o cartas documento.
Por medio de la Resolución General 5560/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial, se suprimió el servicio informático "Telegramas laborales", donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores que se enmarcaban en el artículo 1 de la ley 24.013.
La medida forma parte del proceso de simplificación de trámites incluido en la Ley Bases y de esta manera se avanza con su reglamentación. Se da días después de que el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, le anticipara a los empresarios que, por medio de la reforma laboral que se anunciará esta semana, podrán "diseñar el sistema de despidos que quieran".
"Como la ley Bases adoptó una serie de medidas tendientes a mejorar y agilizar los procesos administrativos, la AFIP dejó sin efecto la norma que reglamentaba este procedimiento", señaló el organismo.
Sin embargo, AFIP aclaró que el servicio seguirá disponible en la página web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas que fueron enviadas por los trabajadores a sus empleadores en el pasado.