El Gobierno oficializó hoy las condiciones y requisitos para acceder a la jubilación anticipada a los 55 años, a través de la Resolución N° 21/2021 publicada en el Boletín Oficial en horas de la mañana. El beneficio estará destinado solamente a un sector específico de trabajadores y trabajadoras.
Les corresponderá la jubilación a aquellos trabajadores desempleados que acrediten 30 años de aportes y tengan al menos 55 años, en el caso de las mujeres, y 60 años para los varones. A su vez, se explayaron una lista con las especificaciones que deberán cumplir a la hora de la inscripción.
Quienes pidan la jubilación anticipada deben: residir en nuestro país (últimos 90 días de corrido) y permanecer en él mientras se acceda; el reingreso laboral o la no residencia en el país conllevará a la quita de la prestación; para el cálculo de aportes no se tendrá en cuenta cualquier modalidad por fuera de la prestación de servicios acreditados por el Sistema de Seguridad Social.
No corresponderá en caso de que: el solicitante tenga computados prestaciones de servicios reconocidos internacionalmente y reciba algún beneficio por parte de otro Estado. A su vez, tampoco se otogará a las personas que en caracter de "extraordinario" tengan derecho a otro tipo de ayuda, ya sea jubilación o retiro por invalidez.
Por último, la fecha inicial de pago de la jubilación anticipada será la de su solicitud siempre y cuando se cumplan todos los requisitos exigidos por el Gobierno.