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El Senado eliminó la prórroga del Monotributo Social: a quiénes afecta

El monotributo social otorgaba beneficios a los sectores de la economía popular para que pudieran facturar por su actividad comercial abonando una cuota menor que el resto de los monotributistas.

Jueves, 13 de junio de 2024 a las 13 26

Por Thomas Dos Reis

Jueves, 13 de junio de 2024 a las 13:26

Tras una sesión maratónica, el oficialismo logró la aprobación de la Ley Bases en general. Más tarde, y en medio de modificaciones, también aprobaron el Paquete Fiscal, pero quedaron afuera Ganancias y Bienes personales

En el marco de la votación en particular del Paquete Fiscal, el Senado rechazó el artículo 100 dentro del capítulo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, que preveía la prórroga del denominado Monotributo Social. Esa norma, que no estaba incluida en el proyecto original y había sido agregada durante la discusión en Diputados, aseguraba la continuidad de beneficios para sectores de la economía popular que podían facturar por sus actividades comerciales abonando una mensualidad menor que el resto de los monotributistas.

De ratificarse su eliminación en Diputados, los titulares de este régimen tributario simplificado para los trabajadores de menores ingresos y sin una facturación regular, pasarán de pagar $3.200 a $26.600 en la categoría más baja del monotributo general a los 90 días de promulgada la ley.

Qué es el Monotributo Social

Es una categoría tributaria que les permite a los contribuyentes facturar, acceder a una obra social e ingresar al sistema jubilatorio.

A diferencia del monotributo común, está subsidiado el 100% del pago del componente impositivo y del previsional, y el 50% de la obra social. Por lo tanto, un monotributista social paga únicamente el 50% restante de lo que corresponde a la obra social.

Además, el monotributo social es compatible con otros programas como la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo, Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo y programas de inclusión social del Ministerio de Desarrollo Social.

Cuántas personas están en la categoría monotributo social

Según los últimos datos difundidos en abril por la Secretaría de Trabajo correspondientes a enero, los titulares del monotributo social superan los 620.000más del doble que una década atrás. 

Entre ese mes de 2014 y enero de 2024, la cantidad de adherentes al monotributo social aumentó un 111%, pasó de 294.183 a 620.120, según el análisis de los datos oficiales.

Quiénes pueden inscribirse en el Monotributo Social

Pueden inscribirse en el monotributo social quienes realicen una única actividad económica independiente, trabajen en relación de dependencia percibiendo un salario bruto inferior al haber previsional mínimo o formen parte de una cooperativa de trabajo con un mínimo de 6 asociados.

Requisitos

  • Tener más de 18 años.
  • No ser titular de más de 2 bienes inmuebles, salvo que uno de ellos esté afectado al desarrollo de la actividad económica.
  • No ser titular de más de 3 bienes muebles registrables.
  • No superar el ingreso bruto anual establecido.

El Senado aprobó cambios en el monotributo

Llegando al final de la jornada, el Senado también aprobó los cambios al monotributo. Entre los principales puntos se encuentran los máximos de facturación que asciende a los $68 millones anuales y nuevas alícuotas según las categorías, también introduce importantes reformas en las escalas y cuotas del régimen. A su vez, no se establecerán límites para las categorías más altas, según la actividad realizada por el contribuyente.

Cuáles serían las nuevas escalas del monotributo en AFIP

Los valores propuestos llevan el ingreso máximo anual a los siguientes importes, según la categoría:

  • A: subiría de $2.108.288,01 a $6,45 millones.
  • B: subiría de $3.133.941,63 a $9,45 millones.
  • C: subiría de $4.387.518,23 a $13,25 millones.
  • D: subiría de $5.449.094,55 a $16,45 millones.
  • E: subiría de $6.416.528,72 a $19,35 millones.
  • F: subiría de $8.020.660,9 a $24,25 millones.
  • G: subiría de $9.624.793,05 a $29 millones.
  • H: subiría de $11.916.410,45 a $44 millones.
  • I: subiría de $13.337.213,22 a $49,25 millones.
  • J: subiría de $15.285.088,04 a $56,4 millones.
  • K: subiría de $16.957.968,71 a $68 millones.