El ministro de Salud de Salta y presidente del COE, Juan José Esteban, informó que en la provincia continúa siendo obligatorio el uso de barbijo o de elementos de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para circular y permanecer en espacios abiertos y cerrados.
"La resolución ministerial (que establece las medidas de cuidado) está vigente hasta el 1 de octubre y no habla de modificar los protocolos, así tampoco el DNU, que permite modificar protocolos recién a partir de esa fecha", aseguró el funcionario.
“Nosotros no vamos a modificar absolutamente nada de lo que hemos hecho”, aseguró este martes Esteban en declaraciones radiales. “Me parece que las medidas de Nación son muy anticipadas. Se tendría que haber tratado en el COFESA”, agregó en relación al Consejo Federal de Salud.
“Son medidas demasiado anticipadas. Tenemos una resolución ministerial está vigente hasta el 1 de octubre, donde no habla de modificar los protocolos. En segundo lugar, tenemos un DNU nacional, que también se modificaría a partir del primero de octubre. En tercer lugar, nosotros tenemos reuniones nacionales de los ministros en el COFESA, pero creo que si hay que tratar una medida de esa naturaleza debería ser participativa para todas las provincias”, fundamentó sobre la postura del gobierno local.
¿Es oportuno no usar el tapabocas en la calle?, le preguntaron. “Si es jurisdiccional, nosotros no vamos a adherir a la medida y tenemos motivos epidemiológicos para hacerlo. Se ha diagnosticado una cepa MU en el norte de la provincia y en segundo lugar tenemos dos Deltas confirmados”, insistió Esteban al dar detalles sobre la decisión.
Medidas vigentes hasta el 1 de octubre
• Capacidad en lugares cerrados y ventilados: Se establece que en lugares cerrados y ventilados se permite hasta un máximo del 70% de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada o disponible del lugar y no pudiendo superar las 500 personas.
• Capacidad en lugares al aire libre: Se establece que en lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y reuniones sociales no podrán superar las mil (1.000) personas ni el 70% de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada o disponible del lugar donde se realice, y se deberá además respetar entre personas el distanciamiento y el uso de barbijo.
• Eventos Masivos de más de 1.000 personas al aire libre: Se establece que en lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y eventos sociales que prevean un aforo superior a 1.000 personas, deberá contar con la autorización expresa de la Central Operativa de Control y Seguimiento COVID-19 (mail: cocscovid19@gmail.com - Centro de Convenciones, Centro Cívico Grand Bourg), donde se analicen y contemplen las condiciones de higiene y seguridad, la organización, los riesgos, entre otros factores que hagan a la mayor prevención sanitaria y cumplimiento de protocolos.
Dichas actividades o eventos tendrán un máximo del cincuenta por ciento (50%) de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada o disponible del lugar, y deberán garantizar que el cien por ciento (100%) de las personas que asistan a los mismos, se encuentren inoculados con al menos una dosis.
ACTIVIDADES REGULADAS: Establecer las siguientes medidas para diferentes actividades que deberán realizarse conforme las limitaciones que se disponen a continuación:
Horarios de actividades: casinos y salas de juegos afines, gastronómicas, en salones de eventos, locales bailables, festivales, y eventos culturales tendrán un límite horario de funcionamiento hasta las 2 am.