La presidenta del Senado de la Nación, Victoria Villarruel, designó a los integrantes de la Cámara Alta que van a formar parte de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo que va a tratar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei.
El decretazo que busca desregular la economía argentina modificó más de 300 leyes y entró en vigencia este viernes.
Los senadores que van a formar parte de la Comisión Bicameral son:
- Juan Carlos Pagotto (La Libertad Avanza)
- Víctor Zimmermann (Unión Cívica Radical)
- Luis Juez (Frente PRO)
- Juan Carlos Romero (Cambio Federal)
- Carlos Espinola (Unidad Federal)
- Anabel Fernández Sagasti (Unión por la Patria)
- Mariano Recalde (Unión por la Patria)
- María Teresa González (Unión por la Patria)
Es decir, de los ocho, uno es del oficialismo, tres de lo que fue Juntos por el Cambio, un peronista y tres de Unión por la Patria.
De esta forma, ahora resta que la Cámara de Diputados, que preside el riojano Martín Menem (desde el 7 de diciembre), termine de definir quiénes serán los ocho integrantes que completarán la bicameral.
Este viernes, el jefe del bloque de Unión por la Patria de la Cámara baja, Germán Martínez, reclamó que se integre de forma "urgente" la comisión que debe abordar el DNU que ya está en vigencia.
"Requerimos la urgente conformación de la Comisión Bicameral para dar tratamiento al DNU 70/2023, tal como establece la Constitución Nacional, la ley N°26.122 y las resoluciones del cuerpo en la Sesión Preparatoria", requirió el santafesino.
Cómo es el tratamiento del DNU
Según establece la ley, una vez publicado en el Boletín Oficial, el jefe de Gabinete tiene 10 días para enviar el DNU al Congreso para que sea considerado por la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso de la Nación. Si no lo manda en ese plazo, el cuerpo queda habilitado a tratar el decreto.
Luego, la Comisión tiene otros 10 días para expedirse acerca de la validez o no del texto y dictaminar para dejar listo el tema para llegar al recinto.
Ninguna de las Cámaras pueden introducir modificaciones al texto del Poder Ejecutivo y solo pueden aceptar o rechazar.