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Macri fue citado nuevamente a indagatoria, pero esta vez “bajo apercibimiento de la ley”

La medida fue tomada por el juez Martín Bava en el marco de la causa por presunto espionaje a familiares de las víctimas del ARA San Juan. El magistrado rechazó la recusación del expresidente. ¿Cuándo deberá presentarse?
Jueves, 21 de octubre de 2021 a las 10 39,

Por Redacción

Jueves, 21 de octubre de 2021 a las 10 39,

El juez de Dolores, Martín Bava, rechazó la recusación del expresidente Mauricio Macri y lo citó nuevamente a declaración indagatoria por la causa que lo investiga por espionaje ilegal a familiares de las víctimas del submarino Ara San Juan.

“No me encuentro comprendido en ninguna de las causales de recusación establecidas en el ordenamiento procesal”, sostuvo el magistrado en el escrito, y agregó que los argumentos invocados por Macri “son manifiestamente improcedentes”.

Además, Bava aclaró que no tiene ningún tipo de relación, ni de “amistad” ni de “enemistad”, ni “perjuicio” con los imputados ni con los querellantes de la causa Ara San Juan, al tiempo que rechazó haber manifestado su opinión por fuera de sus fallos.

De esta manera, el magistrado citó al expresidente Macri a declaración indagatoria para el próximo jueves 28 de octubre a las 12 horas, “bajo aparcibimiento de ley”, de acuerdo a lo que precisó en el escrito.

En tanto, el abogado de Macri, Pablo Lanusse, confirmó que el dirigente de Cambiemos se presentará ante la Justicia aunque aclaró que no comparte la decisión de Bava de rechazar la recusación, debido a que su juicio “no es imparcial ni competente”.

“El 28 de octubre vamos a estar ahí, se va a celebrar la audiencia de indagatoria”, explicó el letrado de Macri, lo que significa que el exmandatario escuchará los cargos que tiene en su contra por la causa por espionaje a familiares de víctimas del Ara San Juan.

“Tampoco tengo perjuicio con relación al objeto que es materia de estudio. Mucho menos, como alude el inciso en el que funda su pretensión el defensor, manifesté opinión extrajudicialmente sobre el proceso a persona alguna”, planteó el juez.

De esta manera, Bava dejó sentado que “el análisis y evaluación que efectuamos los jueces en los casos en los que nos toca intervenir son el reflejo de un proceso valorativo y fundado de los medios de prueba, sobre cuya base se adoptan las decisiones que corresponden”.

“De ningún modo la discrepancia de alguna de las partes con lo decidido puede ser causal suficiente para fundar el apartamiento de un magistrado del conocimiento del expediente”, sentenció el juez en relación a la presentación que hizo Macri en la que indicaba que la acusación tenía connotaciones políticas.

Por otra parte, Bava precisó que “el acto jurisdiccional sobre el que pretende fundarse el prejuzgamiento alegado no constituye una sentencia definitiva ni equiparable sino sólo una resolución de carácter meramente provisorio que tiene idéntico alcance sobre la valoración de la prueba y el encuadramiento legal de los hechos”.