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La Procuración afirmó que la Corte no debe intervenir en las elecciones de Formosa

Se trata de la discusión por la reelección del gobernador formoseño Gildo Insfrán, quien busca su octavo mandato consecutivo.

Viernes, 19 de mayo de 2023 a las 15 18,

Por Thomas Dos Reis

Viernes, 19 de mayo de 2023 a las 15 18,

La Procuración General de la Nación opinó este viernes que la Corte Suprema de Justicia no debe intervenir en las elecciones de Formosa, en el marco del pedido de la oposición.

Se trata de la discusión por la reelección del gobernador formoseño Gildo Insfrán, quien busca su octavo mandato consecutivo. Ante esto, la oposición en la provincia volvió a presentar una cautelar para pedir que se suspenda la elección prevista para el 25 de junio.

Los miembros de la Corte Suprema de Justicia.

"Dada la índole taxativa de la competencia prevista en el artículo 117 de la Constitución Nacional y su imposibilidad de ser extendida por persona o poder alguno, opino que el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal", señaló el procurador interino, Eduardo Casal.

El procurador mantuvo la misma postura que cuando fue convocado a emitir dictamen en casos similares en las provincias de Santiago del Estero, La Rioja, o recientemente sobre Tucumán y San Juan. Sin embargo, en estas dos últimas las elecciones fueron suspendidas por la Corte por inconstitucionalidad de sus candidatos, Juan Manzur y Sergio Uñac.

Candidatos a gobernador de Tucumán y San Juan, Juan Manzur y Sergio Uñac.

El pedido de suspensión de elecciones en Formosa fue hecho por el pre candidato a gobernador y actual diputado nacional por la "Alianza Juntos por Formosa Libre", Fernando Carbajal, quien este viernes volvió a presentar un amparo ante el máximo tribunal, solicitando que se suspenda "el proceso eleccionario provincial".

En ambos pedidos indicó la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución provincial que permite la reelección indefinida del gobernador y el vice.

Este artículo indica que “el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”, y que eso fue introducido en una reforma en el año 2003. 

A la izquierda, Fernando Carabajal, quien pidió que no se postule Gildo Insfrán.

Para la oposición formoseña esta redacción "constituye una clara contraposición al espíritu de la Constitución Nacional que, en sus artículos 1, 5 y 123 recepta para el pueblo de la Nación Argentina los principios Republicanos de Gobierno y temporalidad en el poder".

Además, la presentación sobre la eventual candidatura del gobernador “destaca que esa norma constitucional provincial deja abierta la posibilidad de que una persona se perpetúe en el poder, omisión del constituyente en virtud de la cual el actual gobernador Gildo Insfrán ha cumplido 28 años de mandato en el Poder Ejecutivo local”.

Si bien, según Casal, el caso no es de competencia originaria de la Corte, admitió que el Tribunal “podría decidir la intervención procesal si considera pertinente”.