La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó este miércoles que el fiscal federal Carlos Stornelli se encuentra en rebeldía e indicó que debe cumplir de inmediato con los llamados a indagatoria realizados por el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla.
Ramos Padilla citó ya tres veces al fiscal federal, quien está imputado por presuntamente haber formado parte de una asociación ilícita para realizar espionaje ilegal a dirigentes políticos y por la supuesta extorsión a al menos un empresario.
En un fallo dado a conocer este miércoles, la Cámara Federal de Mar del Plata respaldó la decisión de Ramos Padilla de dictarle la rebeldía a Stornelli pero aclaró que el fiscal cuenta con inmunidad de arresto, por lo que no puede ser buscado por la Policía.
El fallo lleva la firma de los jueces Eduardo Jiménez y Bernardo Bibel. El tercer juez del tribunal, Alejandro Tazza, no firmó la resolución porque se encuentra de licencia.
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En el punto 2 de la Resolución, la Cámara Federal indica que Stornelli “deberá cumplir en forma inmediata” con su presentación, teniendo en cuenta lo expresado por el artículo primero de la Ley 25.320.
Ese artículo de la llamada Ley de Fueros indica que cuando, por parte de juez nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se abra una causa penal en la que se impute la comisión de un delito a un legislador, funcionario o magistrado sujeto a desafuero, remoción o juicio político, el tribunal competente seguirá adelante con el procedimiento judicial hasta su total conclusión.
“El llamado a indagatoria no se considera medida restrictiva de la libertad pero en el caso de que el legislador, funcionario (en este caso Stornelli) o magistrado no concurriera a prestarla el tribunal deberá solicitar su desafuero, remoción o juicio político”, dice la ley mencionada por la Cámara Federal.
En el caso de dictarse alguna medida que vulnera la inmunidad de arresto, la misma no se hará efectiva hasta tanto el legislador, funcionario o magistrado sujeto a desafuero, remoción o juicio político no sea separado de su cargo. Sin perjuicio de ello el proceso podrá seguir adelante hasta su total conclusión.
La ley agrega: “El tribunal solicitará al órgano que corresponda el desafuero, remoción o juicio político, según sea el caso, acompañando al pedido las copias de las actuaciones labradas expresando las razones que justifiquen la medida. No será obstáculo para que a quien se le imputare la comisión de un delito por el que se está instruyendo causa tenga derecho, aun cuando no hubiere sido indagado, a presentarse al tribunal, aclarando los hechos e indicando las pruebas que, a su juicio, puedan serle útiles”.
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Mientras Stornelli tenga fueros, según indica la ley, Ramos Padilla tampoco podrá ordenar el allanamiento de su domicilio particular o de sus oficinas ni la intercepción de su correspondencia o comunicaciones telefónicas sin la autorización de la Cámara.