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La Hidrovía queda bajo la conducción de la AGP durante un año: las 8 claves de la decisión

La medida le otorga a la Administración General de Puertos (AGP) la concesión para el mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado. Los puntos centrales.
Jueves, 01 de julio de 2021 a las 20 48

Por Redacción

Jueves, 01 de julio de 2021 a las 20:48

El Gobierno oficializó hoy la estatización temporal de la Vía Navegable Troncal Paraná-Paraguay, conocida como Hidrovía, y la Administración General de Puertos (AGP), organismo que conduce José Beni, pasará a administrarla. 

Así se dispuso por medio del decreto 427/2021, publicado este jueves en el Boletín Oficial.

A continuación, las principales implicancias de la medida.

1. ¿Qué genera el Decreto?

Se le otorga a la Administración General de Puertos (AGP), la administración de la Vía Navegable Troncal, junto con el mantenimiento de sus correspondientes servicios de dragado y balizamiento.

2. ¿Por cuánto tiempo? 

Es temporal, por 12 meses.

3. ¿Cómo se pudo realizar esto?

A través de la modificación del estatuto de la Administración General de Puertos (que también se lleva adelante por medio de este decreto).

4. ¿Qué se incorpora en el Estatuto de AGP? 

Se facultó a la empresa del Estado a cobrar el peaje y hacer las contrataciones necesarias para mantener operativos los servicios en la Vía Navegable Troncal, esencial para el comercio exterior argentino.

5. ¿Cuál es el tramo de la Hidrovía al que se hace referencia? 

La AGP, estará a cargo de la Vía Navegable Troncal desde el kilómetro 1238 -Ascendente del Río Paraná-, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas profundas Naturales en el Río de la Plata exterior.

6. ¿Quién se encargará de la confección, suscripción y aprobación del contrato de concesión con AGP? 

El Ministerio de Transporte, quién a su vez, y de forma paralela, avanzará con la confección y el llamado a la licitación definitiva de la Vía Navegable Troncal. 

7. Control y transparencia

El Ministerio de Transporte reglamentará o sostendrá la intervención de la Sindicatura General de la Nación y de la Auditoría General de la Nación para el control oportuno y transparencia de los actos.

8. Argumento de la medida 

AGP posee la capacidad técnica para planificar la ejecución de los actos y obras necesarias para la adecuada prestación de los servicios de dragado, balizamiento y control hidrológico de la vía navegable troncal, asegurando la presencia estatal en lo que refiere a la infraestructura.

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