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La Corte Suprema analizará el DNU de Milei tras la feria judicial

El máximo tribunal respondió al pedido del gobierno de La Rioja por el DNU 70/2023 que ya entró en vigencia este viernes.

Viernes, 29 de diciembre de 2023 a las 17 52

Por Fedra Molaro

Viernes, 29 de diciembre de 2023 a las 17:52

Finalmente, este viernes comenzó a regir el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 de desregulación económica, impulsado por el gobierno de Javier Milei, sin que la Justicia haya aún dado curso de manera favorable a reclamos de medidas cautelares de suspensión de su aplicación.

Se presentaron más de treinta amparos por organizaciones sociales y sindicales, abogados constitucionalistas, ciudadanos, así como también un grupo de 500 intendentes de la Federación Argentina de Municipios (FAM).

Este viernes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió avanzar con el análisis de la constitucionalidad del DNU. No obstante, lo hará luego de la feria judicial de verano, es decir, en febrero del 2024.

Esto se da luego del pedido del Gobierno de La Rioja que solicitó declarar la “inconstitucionalidad manifiesta” del decreto de necesidad y urgencia 70/2023, con el objetivo de que se dicte una medida cautelar que suspenda su aplicación y que asuma la "competencia originaria" para entender en el asunto.

Pedido del Gobierno de La Rioja

El gobernador Ricardo Quintela presentó una “acción declarativa de certeza” con el patrocinio como abogados del exministro de la Corte Raúl Zaffaroni y de Raúl Ferreyra. Se solicitó que se declare la “nulidad absoluta e insanable del decreto n°70/2023 por resultar manifiestamente contrario a la Constitución" y que se dicte “una medida cautelar que disponga la suspensión total de los efectos".

Además, se requirió al máximo tribunal que ordene al Poder Ejecutivo "no aplicar ninguna de sus disposiciones hasta la resolución definitiva de la presente causa".

La competencia originaria de la Corte Suprema se justifica en que en la causa es parte una provincia que demanda al Gobierno nacional. Los abogados aseguraron que “se ha definido que también corresponde a la instancia originaria las causas que se susciten entre una provincia y el Estado federal, en todo tipo de asuntos".

Por otro lado, se argumentó que el DNU "tiene malignidad para hacer crujir los fundamentos del Estado. Por dicho motivo, en el entendimiento que se concurre a un ámbito para la armonía del federalismo y la paz, queda debidamente asentada la competencia originaria para entablar esta demanda por la naturaleza del demandante y el objeto enteramente federal de la cuestión que se problematiza y deduce con expectativa de reparación inmediata".

Por último, Zaffaroni y Ferreyra explicaron que el decreto de necesidad y urgencia firmado por el presidente de la Nación, Javier Milei, el 21 de diciembre pasado y puesto en vigencia hoy "produce perjuicios irreparables por resultar contrario a los arts. 1, 5, 14, 14 bis, 17, 19, 28, 29, 31, 36, 75, 99, 121 y subsiguientes de la Constitución federal y los artículos 26 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH)".

Cabe recordar que el DNU firmado por Milei y su Gabinete, fue publicado en el Boletín Oficial del 21 de diciembre, y a ocho días de su publicación este viernes 29 entró en vigencia. Entre los puntos centrales del decreto denominado "Bases para la reconstrucción de la Economía argentina", libera los mercados económicos como el de alquileres, y sienta las bases para la privatización de las empresas estatales.

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