Este viernes se conoció que la jueza federal con competencia electoral, María Servini, rechazó un amparo presentado por una ciudadana para que los cinco candidatos presidenciales Sergio Massa, Javier Milei, Patricia Bullrich, Myriam Bregman, Juan Schiaretti, se realicen exámenes psicofísicos corrobore que están en condiciones de ocupar el cargo de jefe de Estado. ¿Cuál es el motivo?
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En su presentación, la ciudadana María Valeria Viglianchino, bajo el patrocinio legal de Jorge Ardito, ante el Juzgado Civil y Comercial de Mar del Plata argumentó: “La idoneidad requerida por la Constitución no solo se limita a la aptitud técnica, sino que tiene un significado más general, pues comprende la aptitud física, psíquica, legal y político moral”.
“Se encuentra fuera del alcance de este Tribunal la imposición de requisitos, normas, evaluaciones y/o procedimientos no previstos en la Constitución Nacional y en la legislación electoral vigente mediante los cuales quienes se postulan al cargo de Presidente de la Nación deban perseguir y cumplir a efectos de materializar ese objetivo", resolvió la magistrada María Servini consideró el amparo "improcedente" por la inexistencia de una normativa que establezca el requisito.
La resolución de la magistrada se dio en el mismo sentido de lo dictaminado por el fiscal electoral, Ramiro González, quien aseguró que dichos exámenes no forman parte de los requisitos que la Constitución Nacional establece para llegar a la Casa Rosada. Agregó también que las postulaciones ya están oficializadas, por lo que venció el plazo para presentar impugnaciones.
Por su parte, la jueza sostuvo que el Poder Judicial "no puede establecer, imponer y/o exigir nuevos requisitos a los postulantes al cargo de Presidente de la Nación, más allá de los establecidos por el órgano constitucionalmente competente para ello, esto es, Poder Legislativo".
Además, Servini detalló los requisitos para ser candidato a presidente o vicepresidente según la Constitución Nacional: “Haber nacido en el territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo, habiendo nacido en país extranjero; y las demás calidades exigidas para ser elegido senador”.
En el caso de los candidatos a senador precisó que los requisitos son los de “tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuerte o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella”.
“Es por ello, que exigir a los referidos candidatos que acrediten y se sometan a exámenes de aptitud psicofísica en instituciones públicas resulta improcedente, en ausencia de una regulación normativa que así lo establezca”, finalizó la jueza.
Detalles de la causa
María Valeria Viglianchino, oriunda de Mar Chiquita, presentó el pedido de amparo colectivo en dicha localidad. En la presentación, reclamaba la obligatoriedad para que los candidatos presidenciales de estas elecciones 2023 se sometan a un examen físico y mental que determinen su idoneidad para ocupar el cargo.
En su presentación, expresó que, en caso de que esto no sucediera, se trataría de una “una conducta ilegal y arbitraria” debido que el artículo 16 de la Constitución Nacional establece que todos los ciudadanos “son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”.
A su vez, argumentó que los empleados públicos tienen que hacerse ese tipo de estudios, motivo por el que debe realizarse de igual manera para los aspirantes a ocupar el cargo de presidente del país.