El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó este lunes que la Corte Suprema de Justicia no puede intervenir en la causa contra la reelección de los intendentes bonaerenses.
A través de un dictamen, Casal consideró que “el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal” ya que no es de su competencia originaria como establece la Constitución Nacional, sino que el caso debe iniciarse en la justicia de esa provincia.
El foco del escrito estuvo puesto en el “respeto por las autonomías provinciales”, en donde queda definido que sean los jueces locales los que deban intervenir en estas cuestiones.
"Para que la causa revista manifiesto contenido federal la demanda deducida debe fundarse directa y exclusivamente en prescripciones constitucionales de carácter nacional, en leyes del Congreso o en tratados con las naciones extranjeras, de tal suerte que la cuestión federal sea la predominante" explicó.
En ese sentido, Casal afirmó que únicamente corresponde a la justicia de la provincia de Buenos Aires "expedirse al respecto, ya que el respeto del sistema federal y de las autonomías provinciales, exige que sean los magistrados locales los que intervengan en las causas en que se ventilen asuntos de esa naturaleza".
Pedido de suspensión de elecciones bonaerenses
El dictamen responde al pedido del presidente del partido País, Oscar Alva, quién a fines de mayo realizó una presentación para que la Corte Suprema declare la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley 15.315 que permite las reelecciones de los intendentes bonaerenses.
Además, exigía la suspensión de las PASO "hasta tanto se dicte la respectiva sentencia de fondo en la presente causa".
Según la presentación, en la actualidad hay 91 intendentes sobre los 135 que tiene la provincia de Buenos Aires con la posibilidad de ir por un nuevo mandato extendiendo su vigencia en el territorio hasta 12 años.
La respuesta de Casal
La Corte Suprema le pidió al procurador Casal, el lunes pasado, que diera su opinión -no vinculante- sobre los argumentos del partido PAIS, patrocinado por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez
En cuanto a eso, Casal aseguró que el pedido de Alva “resulta ajeno al conocimiento del Tribunal”, una posición similar a la adoptada con otros expedientes relacionados a las elecciones en San Juan, Tucumán y Formosa.
Aunque la opinión del Procurador suele ser un antecedente preponderante para los jueces de la Corte Suprema, el organismo judicial tiene margen de maniobra y aún podría desoír la recomendación si lo considera pertinente.