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El Gobierno prepara un anticipo de Ganancias: a quiénes alcanzará y cuál es su objetivo

El titular de la AFIP, Carlos Castagneto, aclaró que no se trata de un nuevo impuesto. La medida busca recaudar 250 mil millones de pesos con los sectores de mayor poder adquisitivo

Martes, 16 de agosto de 2022 a las 10 43

Mediante el decreto 5248/2022, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó los cambios en el anticipo del impuesto a las ganancias que alcanzará a las empresas de mayores ingresos y por el cuál se espera recaudar más de 250 mil millones de pesos.

¿A quienes afectará el impuesto?

De acuerdo a los primeros dos artículos del decreto, el impuesto alcanzará a aquellos que superen una facturación de cien millones de pesos. Esta madrugada, la AFIP brindó precisiones sobre el pago a cargo de aquellas empresas cuyo monto del impuesto determinado de la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2021 o 2022, según corresponda, sea igual o superior a $100.000.000″; o que “el monto del Resultado Impositivo que surge de la declaración jurada mencionada, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores conforme la mencionada ley del impuesto, sea igual o superior a $300.000.000″. 

Cabe destacar que "quedarán excluidas aquellas personas jurídicas que hubieran obtenido un certificado de exención del impuesto a las ganancias".

Carlos Castagneto, titular de la AFIP

Carlos Castagneto, titular de la AFIP, aclaró que "esto no es un nuevo impuesto. Es sobre lo que corresponde pagar en el impuesto a las ganancias (IIGG) ya determinado, no sobre una renta presunta". Al mismo tiempo, explicó que la iniciativa alcanzará "el 1% de las empresas que tributan el IIGG. Si superan los $300 millones se les va a pedir un anticipo del 25% y si superan los $ 100 millones será del 15%. Lo que hacemos es adelantar tres o cuatro meses el pago del IIGG".

Los sujetos alcanzados deberán considerar la declaración jurada del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2021, en el caso que el cierre de ejercicio hubiera operado entre los meses de agosto y diciembre de 2021, ambos inclusive.

Los contribuyentes cuyos cierres de ejercicio hubieran operado entre los meses de enero y julio de este año, ambos inclusive, deberán considerar la declaración jurada del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2022.

El nuevo cronograma de vencimiento

Reforma impositiva

El titular de la AFIP considera que Argentina  necesita “una reforma impositiva integral” debido a que a lo largo de los años se fueron generando “modificaciones parciales y no hubo una solución integral de los tributos en general”. Como ejemplo, la autoridad mencionó las modificaciones en el mínimo no imponible de ganancias y en el régimen del monotributo, entre otros.

Sin embargo, aclaró que "un cambio de las leyes impositivas en general lleva un tratamiento muy serio y de largo plazo, no es sencillo hacer un nuevo sistema" y sostuvo que el tema debe abordarse con "seriedad", y en consenso entre el oficialismo, la oposición y los especialistas.

Contundente, Castagneto aseguró que saldrán a “pescar fuera de la pecera con el objetivo de dar con aquellas personas que evaden y así ensanchar la base de contribuyentes. Al respecto, sentenció: "Si vivís en un lugar y pagás bienes personales y tu vecino no, o tenés un campo y un rinde y el de al lado no paga, eso molesta".

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