En los próximos días el Gobierno enviará al Congreso de la Nación un proyecto de blanqueo de capitales que diagramó en conjunto con Economía y que estará destinado a empresas que tengan activos no declarados en el país o en el exterior.
La iniciativa incorporará una serie de beneficios para la figura de “Colaborador” en la tarea de atrapar a evasores fiscales. Esta novedad otorga recompensas y exime de responsabilidades penales y tributarias a quienes contribuyan al hallazgo de dinero en negro de terceros.
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Se trata de un acuerdo de colaboración con quienes ayuden a detectar bienes no declarados en el país o en el exterior, al igual que maniobras que tengan como fin alguno de los delitos expresado en el Régimen Penal Tributario (RPT).
El llamado Acuerdo de Colaboración se incorpora legalmente como Título VI del RPT de la Ley N° 27.430, para que la AFIP pueda obtener la información requerida a través de los colaboradores.
Cuáles son los beneficios
Los colaboradores gozarán de “protección y reserva de identidad” tanto para él como para su círculo familiar, según contempla el proyecto al que accedió El Destape. Además, la AFIP no podrá aplicarle sanciones administrativas o penales, ni de formular denuncias por presuntos delitos.
A su vez, “quedaran eximidos de cualquier tipo de sanción”, especifica el proyecto, aunque esto se dará únicamente en los casos en los que la colaboración dé lugar a un resultado positivo para la AFIP.
Otro de los puntos que se barajaron es que el colaborador podrá acordar una recompensa de hasta el 20% del monto total que ayude a recaudar, según especificaron desde el medio, aunque este último punto aún no está confirmado.
Las claves del proyecto
El proyecto será enviado en los próximos días y dispone la creación del régimen especial “Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado”, que abarca a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas con "tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior (incluyendo créditos)", precisa un borrador que consignó El Destape.
Al contrario, quedarán excluidos de la posibilidad de acceder al blanqueo los funcionarios públicos. Específicamente, quienes "entre el 1° de enero de 2010 y la vigencia de la presente ley hubieran desempeñado funciones públicas y, también, sus cónyuges, los convivientes, los padres y los hijos".
En sintonía, una alícuota progresivamente superior cuanto más tiempo pase sin que el dinero sea blanqueado. Esta será del 2,5% desde la entrada en vigencia de la ley hasta el 31 de marzo de 2023, del 5%, desde el 1º de abril de 2023 hasta el 30 de junio de 2023 y del 7,5%, desde el 1º de julio de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023. En tanto, se duplicarán las alícuotas para los bienes del exterior cuando no exista repatriación.
En paralelo, se establece un régimen simplificado de alícuota del 1,5% para personas físicas que blanqueen en el exterior tenencias en pesos o divisas con un tope ligado a sus ingresos anuales. En concreto, el borrador señala lo siguiente: "Se establece un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta USD 50 mil".