|

Sorpresiva medida de AFIP con deudores morosos: les embargaron las billeteras virtuales

Con la habilitación de la Justicia, el organismo de recaudación fiscal ejecutó embargos sobre las billeteras virtuales de deudores morosos. 

Miércoles, 29 de junio de 2022 a las 21 17

Por Redacción

Miércoles, 29 de junio de 2022 a las 21:17

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), tomó una sorpresiva medida con deudores morosos del fisco, y procedió a embargar billeteras virtuales, en donde guardaban dinero para evadir controles. Según informó la AFIP, el embargo total ascendió a 800 millones de pesos, que fueron destinados a regularizar la situación de los deudores morosos. Con esta medida, el organismo fiscal amplió su capacidad de ordenar y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. 

La medida no fue tomada en solitario, la Justicia habilitó previamente el procedimiento para aplicarse a deudores que acumulaban pasivos impagos. Según el detalle, la decisión fue tomada por magistrados de Tucumán, Catamarca, Santa Fe, San Juan, Salta, Jujuy, Chaco, Formosa, Misiones, Entre Ríos, Ciudad de Buenos Aires, Neuquén, Córdoba, Santa Cruz, Chubut y distintos distritos de la provincia de Buenos Aires, entre otros.

Desde la AFIP aclararon que los montos embargados se calcularon sobre bienes inmuebles, bienes muebles y créditos, por ejemplo. En estos casos, para determinar sobre quiénes actuar, se abasteció del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes.  

Las ejecuciones de las deudas fiscales, se suspendieron durante diecinueve meses, como parte de las medidas adoptadas frente a la pandemia del Covid-19. La brusca caída de la actividad por las medidas restrictivas justificaron dicho freno. Por otro lado se implementaron a lo largo del periodo una serie de planes y facilidades para que los deudores regularicen su situación. 

Sobre quiénes ejecutó la medida la AFIP

Entonces, con el objetivo de proteger el interés fiscal para toda la población, la agencia de recaudación retomó en febrero las ejecuciones. La AFIP hizo foco en quienes consideró más riesgosos y con mayores montos de deuda. 

Desde febrero, se incorporaron los activos en las billeteras digitales, a los activos pasibles de ser embargados por decisión Judicial, para garantizar el cumplimiento de obligaciones de los deudores morosos. 

Según informó este miércoles el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont, la justicia ya habilitó 1.269 medidas sobre activos digitales de personas que acumulaban pasivos impagos. 

De manera oficial, la normativa no establece un orden de prelación sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas. No obstante, la práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias. Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar embargos sobre otros activos. 

Los embargos sobre contribuyentes morosos que la Administración Federal requiere a la Justicia se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros.

El desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso llevó a la AFIP a incluir a las cuentas digitales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas.

Para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos, el organismo se abastece del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes.

Temas de la nota

Temas de la nota

Últimas noticias