El Gobierno Nacional reglamentó este lunes la reforma al Impuesto a las Ganancias establecido en la Ley Medidas Paliativas y Relevantes. Los trabajadores que ganen sueldos brutos de 1,8 millones de pesos en el caso de los solteros y de 2,2 millones en el caso de los casados, comenzarán a pagar ese tributo con los sueldos que percibirán en agosto.
Por medio del decreto 652, la administración que conduce Javier Milei oficializó los cambios en el citado impuesto para que se pueda aplicar desde este mes, con lo cual se estima que unos 800 mil empleados comenzarán a pagar Ganancias. Era una de las medidas pendientes luego de que salieran las normas para la moratoria, el blanqueo y Bienes Personales.
La resolución fue firmada por el presidente Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo.
La vuelta de la cuarta categoría representa un 0,4 del Producto Bruto Interno y le permitirá al Gobierno mantener el tan anhelado "déficit fiscal", y a gobernadores recibir mas fondos que habían perdido cuando en el 2023 se aprobaron los cambios en Ganancias, a instancias del entonces candidato a presidente de Unión por la Patria, Sergio Massa.
Uno de los puntos de la ley que generó mayor polémica es que a partir de ahora en el cálculo del impuesto quedan incluidas todos los pagos que reciben los trabajadores, como las horas extras, los premios, el aguinaldo y viáticos por larga distancia. Otro cambio es que ya no habrá una alícuota diferencial para los trabajadores de la Patagonia.
Ganancias: cuándo rigen los cambios
Según se estableció en el decreto, los cambios en el Impuesto a las Ganancias comenzarán a regir en julio. Es decir, que los nuevos montos se aplicarán sobre los salarios que los trabajadores recibirán en agosto.
Quiénes pagarán el impuesto y cómo serán las escalas
Tal como estaba previsto, se mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros (unos $ 1.5 millón netos) y $2,2 millones para personas con dos hijos ($1,95 millón netos) votada.
Antes, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $2.340.000 hasta junio y $ 3.5 millones desde julio. Con esta medida, aproximadamente un millón de trabajadores que hasta ahora estaban exentos, comenzarán a pagar el impuesto en alícuotas de entre el 5 y el 35%.
Los nuevos valores a pagar arrancan en (aproximadamente) $3.000 pesos mensuales hasta los $60.000 mensuales para los que hoy estaban exentos, y superaran los 100.000 pesos mensuales quienes ganan más de 2.500.000 pesos brutos.
La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este 2024 y, luego, de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Impuesto a las Ganancias: cuánto pasará a pagar un soltero
- $1.800.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias
- $1.900.000 de remuneración bruta- alícuota máxima del 5% (retención $4.500).
- $2.000.000: alícuota máxima del 9% (retención: $10.940)
- $2.100.000: alícuota máxima 12% (retención: $19.880)
- $2.200.000: alícuota máxima 15% ($30.800)
- $2.300.000: alícuota máxima 15% ($44.142)
- $2.400.000: alícuota máxima 19% ($61.979)
- $2.500.000: alícuota máxima 19% ($80.979)
- $2.600.000: alícuota máxima 19% ($99.979)
- $2.700.000: alícuota máxima 19% ($118.979)
- $2.800.000: alícuota máxima 23% ($138.817)
- $3.200.000: alícuota máxima 23% ($230.817)
- $3.300.000: alícuota máxima 27% ($256.655)
- $3.900.000: alícuota máxima 27% ($418.655)
- $4.900.000: alícuota máxima 35% ($728.493)
- $5.100.000: alícuota máxima 35% ($797.830)
- $5.500.000: alícuota máxima 35% ($937.830)
Impuesto a las Ganancias: cuánto pasará a pagar un casado
- $1.800.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias
- $1.900.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias
- $2.000.000: no pagará Impuesto a las Ganancias
- $2.100.000: alícuota máxima 5% (retención: $216)
- $2.200.000: alícuota máxima 5% ($4.366)
- $2.300.000: alícuota máxima 9% ($11.864)
- $2.400.000: alícuota máxima 12% ($23.151)
- $2.500.000: alícuota máxima 15% ($37.439)
- $2.600.000: alícuota máxima 19% ($53.490)
- $2.700.000: alícuota máxima 19% ($72.490)
- $2.800.000: alícuota máxima 19% ($91.490)
- $3.200.000: alícuota máxima 23% ($174.540)
- $3.300.000: alícuota máxima 23% ($197.540)
- $3.900.000: alícuota máxima 27% ($352.591)
- $4.900.000: alícuota máxima 31% ($652.641)
- $5.100.000: alícuota máxima 31% ($714.641)
- $5.500.000: alícuota máxima 35% ($852.191)
Casado con 2 hijos:
- Sueldo bruto de $1.800.000,00: paga $0
- Sueldo bruto de $1.900.000,00: paga $0
- Sueldo bruto de $2.100.000,00: paga $0
- Sueldo bruto de $2.200.000,00: paga $0
- Sueldo bruto de $2.200.000,00: paga $0
- Sueldo bruto de $2.300.000,00: paga $0
- Sueldo bruto de $2.400.000,00: paga $1683,33
- Sueldo bruto de $2.500.000,00: paga $8030,01
- Sueldo bruto de $2.600.000,00: paga $18.040,01
- Sueldo bruto de $2.700.000,00: paga $31.050,01
- Sueldo bruto de $2.800.000,00: paga $46.050,01
- Sueldo bruto de $3.200.000,00: paga $121.396,38
- Sueldo bruto de $3.300.000,00: paga $141.743,36
- Sueldo bruto de $3.900.000,00: paga $287.090,03
- Sueldo bruto de $4.900.000,00: paga $577.436,70
- Sueldo bruto de $4.900.000,00: paga $441.272,15
- Sueldo bruto de $5.100.000,00: paga $639.436,70
- Sueldo bruto de $5.500.000,00: paga $767.283,37
¿Qué objetivos tiene el Gobierno con la vuelta del Impuesto a las Ganancias?
- Se vuelve a un esquema de impuesto a los ingresos personales con carácter progresivo, esto es, quien gana menos paga menos.
- Se han eliminado un conjunto de tratamientos diferenciales que hacían que personas con el mismo sueldo dependiendo de dónde vivían, o a qué actividad se dedicaban, pagaran impuestos diferentes.
- Se ampliaron los tramos del impuesto para que la carga se vaya incrementando en la medida que los ingresos aumenten en forma significativa. Antes prácticamente no se pagaba, o se pagaba desde 30% aproximadamente. Desde ahora, tener una escala de alícuotas que va desde el 5% hasta el 35% tiene sentido porque el paso entre cada escalón es mucho más largo.
- Se eliminaron distorsiones que generó el gobierno de Massa al no cobrar el impuesto durante el último cuatrimestre del año, dando por cerrada esa etapa.
- Se establece que por el período hasta la sanción de la nueva Ley, no se va a cobrar ningún incremento que se hubiera generado a partir de las nuevas reglas.