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El Gobierno hizo oficial la reducción de la carga tributaria a monotributistas

El Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente fue modificado a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial.

Miércoles, 06 de septiembre de 2023 a las 17 23

Por Thomas Dos Reis

Miércoles, 06 de septiembre de 2023 a las 17:23

El Gobierno Nacional modificó el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente para incluir la reducción de cargas obligatorias de los trabajadores más vulnerables. De esta manera, se materializó la medida ideada y anunciada el mes pasado por el ministro de Economía y precandidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa.

El Poder Ejecutivo estableció, mediante el decreto 444/2023 publicado este martes en el Boletín Oficial, el diferimiento del pago de parte de las cotizaciones a las que se encuentran obligados los contribuyentes “que, si bien reúnen las condiciones de vulnerabilidad previstas para los trabajadores independientes promovidos, obtienen ingresos que exceden los límites para el acceso a los beneficios, pero no superan el máximo contemplado para la Categoría B del monotributo.

De esta forma, los trabajadores independientes inscriptos en el Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (RENATEP) podrán acceder a un beneficio de reducción del 50% en el pago de la cotización previsional al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Los detalles de la medida

La medida estará vigente durante los primeros 36 meses de adhesión al Régimen: según el decreto, la cuota se reduce del 25% al 1% de los ingresos brutos mensuales, o al equivalente al 25% del aporte mensual al SIPA, el que resulte menor.

Vencido el plazo, el importe de la cuota de inclusión social será equivalente al 2,5% de los ingresos brutos mensuales que perciba por su actividad la persona trabajadora independiente promovida.

La cuota se pagará en los plazos y con las modalidades establecidas por la AFIP y se imputará a la cancelación de los aportes sustitutivos correspondientes a los meses del año calendario en curso, comenzando por el más antiguo.

Asimismo, el trabajador independiente no estará obligado a pagar esta cuota en el mes en que hubiera sufrido una retención o percepción, en virtud de los regímenes que disponga la Administración Federal de Ingresos Públicos.

El Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente prevé, entre los requisitos para la adhesión, que la actividad desarrollada por la persona responsable sea su única fuente de ingresos

Es por esto que no pueden adherir a ese mecanismo quienes revistan el carácter de jubilados, pensionados, empleados en relación de dependencia o quienes obtengan o perciban otros ingresos de cualquier naturaleza, salvo aquellos provenientes de planes sociales.

Para el Gobierno, la medida apunta a facilitar el ingreso y mantenimiento en la economía formal de los trabajadores independientes, tal como lo expresó Massa en un acto que tuvo lugar el lunes pasado.

Crecimiento del empleo

Vale la pena destacar que en este momento el nivel de trabajadores registrados en el Sistema de Seguridad Social Argentino es récord, y es mayor a 13,1 millones de personas según estadísticas oficiales.

Asimismo, el Panorama Mensual de Trabajo Registrado de junio de 2023, que confecciona el Ministerio de Trabajo indicó la semana pasada que "las expectativas netas de las empresas en lo referente a la contratación de personal para los próximos tres meses se mantienen positivas en 1,4%, aunque con un valor inferior al de los meses previos".

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