El Gobierno anunció este lunes la desregulación del transporte de pasajeros de larga y media distancia. La decisión se implementó a través del Decreto 883/2024, publicado este lunes en el Boletín Oficial.
Con esta medida, explicaron, habrá "beneficios para todos los actores del sector, como la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros, el libre establecimiento de recorridos, horarios, precios y duración de los servicios por parte de los transportistas".
Impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, la nueva norma reemplaza a la que tiene más de 30 años de antigüedad.
Según se informó, el objetivo de la desregulación es lograr "la liberalización, modernización y desregulación del transporte automotor de pasajeros y su adaptación a la dinámica de transporte actual".
En virtud de ello, agregaron, se “dispondrá la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda”.
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Con esta normativa, los empresarios del sector tendrán la posibilidad de establecer libremente los recorridos, los vehículos utilizados, la frecuencia y el horario, los precios, la duración de los servicios y las paradas que estén autorizadas por la jurisdicción local. "Generará una mayor oferta de servicios y competencia de precios que beneficiará tanto al usuario como a las empresas y transportistas", destacaron desde el Gobierno.
"A partir de ahora las empresas podrán elegir sus horarios, rutas, precios, tamaño de sus vehículos y paradas sin necesidad de autorizaciones ni trámites engorrosos", expresó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, a través de su cuenta de X.
Según informó la Secretaría de Transporte de la Nación, además "tendrán que informar la capacidad de transporte, detallando cantidad y tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje".
En este punto entra en vigencia el Registro Nacional del Transporte de pasajeros, organismo mediante el cual se deberán informar y ofrecer al público los servicios disponibles.
En cuanto a los plazos, adelantaron desde el Gobierno que "la autoridad de aplicación de esta medida será la Secretaría de Transporte de la Nación del Ministerio de Economía y comenzará a implementarse en 60 días, cuando se realicen las actualizaciones tecnológicas necesarias".
La medida, que deja de considerar servicio público al transporte de media y larga distancia, amenaza con dejar incomunicados a destinos "no rentables" para empresas, que ya no estarán obligadas a llevar pasajeros allí.
Fuentes del sector señalaron su preocupación por la posibilidad de que la desregulación genere margen de maniobra para que crezca los negocios opacos.
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Una de los cambios más importantes que incluyó el decreto instaura la creación del Registro Nacional del Transporte de Pasajeros. Desde el Gobierno detallaron cómo será: "De acceso público, sin costo y online, para una mayor comodidad del transportista, el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos y una mayor transparencia".
"Las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrán que hacerlo nuevamente. Sí deberán registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de 5 días post inscripción, aplicando de esta forma la nueva metodología de 'Silencio Positivo' ya implementada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado", informaron en el documento emitido por la cartera de Transporte.