|

Canje de deuda: Economía amplió letras del Tesoro por $2,2 billones

La medida se formalizó a través de la Resolución Conjunta 41/2024 de las secretarías de Finanzas y Hacienda, pertenecientes al Ministerio de Economía, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Jueves, 25 de julio de 2024 a las 12 33

Por Thomas Dos Reis

Jueves, 25 de julio de 2024 a las 12:33

El Gobierno amplió una letra del Tesoro con vencimiento de diciembre de 2026 por $2 billones y otra, con vencimiento de diciembre de 2027, por $2,2 billones, emitidas en marzo de este año.

La medida se formalizó a través de la Resolución Conjunta 41/2024 de las secretarías de Finanzas y Hacienda, pertenecientes al Ministerio de Economía, publicada este jueves en el Boletín Oficial y se da un contexto donde el Banco Central tiene reservas netas negativas en casi USD 6.000 millones y las dudas por la "fase 2" del plan económico se hacen cada vez más presentes.

La normativa dispone la ampliación de ambos "Bonos del Tesoro Nacional en pesos cero cupón con ajuste por CER" con vencimiento 15 de diciembre de 2026 y 15 de diciembre de 2027.

Ambos fueron emitidos el 15 de marzo y sobre la amortización la se especifica que será "íntegra al vencimiento" y "el saldo de capital de la letra será ajustado conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) referido en el artículo 4° del Decreto 214 del 3 de febrero de 2002, informado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), correspondiente al período transcurrido entre los diez días anteriores a la fecha de emisión y los diez días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de interés o amortización de capital correspondiente".

¿Qué significa esta ampliación de letras del Tesoro?

Estos títulos son instrumentos de deuda que el Estado emite para obtener financiamiento y cubrir sus gastos, dado el contexto.

Al emitir estos bonos, el Gobierno se compromete a pagar intereses y devolver el capital en una fecha determinada, lo que implica una mayor deuda pública, pero también la posibilidad de financiar proyectos de inversión y desarrollo.

Además, se espera que esta disposición goce de todas las exenciones impositivas dispuestas en las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

¿Cómo es el procedimiento de colocación?

En cuanto a la colocación, la suscripción se llevará a cabo, en uno o varios tramos, según lo determine la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, conforme a las normas de procedimiento aprobadas mediante la Resolución Conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de las secretarías de Finanzas y Hacienda, ambas del ex Ministerio de Hacienda.

La fecha clave para el Tesoro en 2025

El Banco Central (BCRA) implementó desde este lunes su nueva política monetaria de "emisión cero", anunciada por el presidente de la entidad, Santiago Bausili, y el ministro de Economía, Luis Caputo, el pasado 28 de junio. Esta política se pondrá en marcha junto con la emisión de las Letras Fiscal de Liquidez (Lefi), títulos de deuda del Tesoro.

La estrategia del Gobierno es transferir la deuda del Banco Central al Tesoro y así transmitir el mensaje de "emisión cero". Esto significa que la entidad no imprimirá más pesos para financiar la renovación de los pasivos, que son aproximadamente $ 20 billones.

Esta medida exige que el Tesoro, sin recurrir a la emisión de dinero, afronte el vencimiento de esta deuda el 17 de julio de 2025. Motivo por el cual, dentro del sector financiero, prevalecía un ambiente esperanzador ante un presunto aumento de la tasa del Banco Central.

LEFI: las características de la emisión

Se dispone la emisión de una Letra Fiscal de Liquidez (LEFI) con vencimiento al 17 de julio de 2025 por un valor nominal en pesos de $20 billones.

  • Fecha de emisión: 17 de julio de 2024.
  • Fecha de vencimiento: 17 de julio de 2025.
  • Moneda de denominación, suscripción y pago: pesos.
  • Amortización: íntegra al vencimiento.
  • Intereses: pagará intereses a la tasa nominal anual de política monetaria informada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) con capitalización diaria hasta el vencimiento del instrumento y serán pagaderos al vencimiento de la LEFI. En cada cambio de la tasa nominal anual de política monetaria, se capitalizarán los intereses y se considerarán como nuevo capital.
  • Negociación: será negociable solo entre el BCRA y las entidades financieras.
  • Colocación: mediante operaciones de canje con el BCRA de acuerdo con lo establecido en los decretos 602 del 10 de julio de 2024 (DNU-2024-602-APN-PTE), y 611 del 11 de julio de 2024 (DECTO-2024-611-APN-PTE), y el artículo 2° de la presente norma.
  • Agente de cálculo: el BCRA será el agente de cálculo de la capitalización, quien informará al inicio y en cada cambio de la tasa nominal anual de política monetaria la nueva tasa y la capitalización hasta esa fecha a la Dirección de Administración de la Deuda Pública dependiente de la Oficina Nacional de Crédito Pública de la Secretaría de Finanzas de este ministerio, para sus registros.
  • Exenciones impositivas: gozará de todas las exenciones impositivas dispuestas en las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
  • Atención de los servicios financieros: los pagos se cursarán a través del BCRA mediante transferencias de fondos en las respectivas cuentas de efectivo que posean los titulares de cuentas de registro en dicha institución.

Últimas noticias