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Blanqueo: AFIP habilitó el Registro de Proyectos Inmobiliarios para inversiones en obras nuevas o con un grado de avance de hasta 50%

Mediante la Resolución 5549/24 el organismo abre la posibilidad de informar las obras para afectar a los fondos regularizados, sin tope y sin costo.

Lunes, 19 de agosto de 2024 a las 17 47

Por Sofía Garcea

Lunes, 19 de agosto de 2024 a las 17:47

Mediante la Resolución General 5549/24, publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el Registro de Proyectos Inmobiliarios para inversiones en obras nuevas o con un grado de avance de hasta 50% permitiendo informar las obras para afectar a los fondos regularizados, sin tope y sin costo.

Los inversores directos, vehículos de inversión o contratistas de contratos de locación de obra, desarrolladores y constructores serán alcanzados por esta nueva medida del organismo y en el Registro de Proyectos Inmobiliarios estarán incluidas las inversiones directas o indirectas en construcciones de edificios residenciales, no residenciales, rurales, reformas, ampliaciones, instalaciones, loteo de predios mejoras  y todo tipo de proyecto de construcción que, según la normativa vigente, necesite denuncia, autorización o aprobación por parte de la autoridad competente.

Respecto a las personas que inviertan en el ámbito inmobiliario, deberán entregarle el código de registración del proyecto inmobiliario y la constancia de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) en la cual se realizarán las transferencias de los fondos a la entidad bancaria.

También estarán alcanzados por esta nueva medida de la AFIP los contratos de locación de obras sobre inmueble propio con destino a fines industriales, productivos, de vivienda o comercial.

Por su parte, no es necesario que quienes se inscriban en el registro abran una Cuenta Especial de Regularización para recibir los fondos regularizados sino que pueden asociar y registrar una cuenta de su titularidad al proyecto.

Controles en el sector de la construcción

La Dirección General Impositiva y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social realizaron relevamientos de información y controles de registración de empleados en obras de construcción, inversores y escribanos en el marco del Nuevo Pacto Fiscal.

Estos permitieron que se identifiquen "188 inversores inscriptos ante la AFIP sólo como monotributistas, mientras que otros 135 sujetos operan fuera del sistema. De estos últimos, 80 no poseen número de CUIT y 55 no están registrados en impuestos, habiendo invertido, entre todos, una suma de 6.000 millones de pesos", informó el organismo.

En cuanto al registro de trabajadores, “más del 50% presenta irregularidades. Sobre ese porcentaje, un 20% se encuentra sin declarar, mientras que el restante 30% declaró percibir parte de su salario de manera informal”.

AFIP reglamentó el blanqueo: de qué se trata, cuándo empieza y como adherir

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el Régimen de Regularización de Activos, más conocido como blanqueo, incluido en el paquete fiscal aprobado por el Congreso, mediante la Resolución General Nº 5528 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La medida está contemplada en la Ley 27.743 bautizada "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes".

El blanqueo está dirigido tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro, y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso.

Es importante destacar que con el blanqueo se podrá regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta u$s100.000.

Esta medida tomada por AFIP se da en el marco de un proceso de cambios en el organismo recaudador, en el marco de lo aprobado por el Congreso semanas atrás. En este sentido, este martes la administración reglamentó una moratoria que establece la posibilidad de condonar intereses de deuda a un grupo de contribuyentes.

Blanqueo AFIP: las fechas clave y las alícuotas

A partir de este jueves 18 de julio, la AFIP ya habilitará la posibilidad de presentar la manifestación de adhesión al blanqueo, la cual se mantendrá abierta hasta el 31 de marzo de 2025, inclusive.

Es importante destacar que cuanto antes se ingrese al régimen, menor será la alícuota a abonar. Las alícuotas se dividen en 3 etapas:

  • Etapa 1: hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de uS$100.000
  • Etapa 2: hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10%.
  • Etapa 3: hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende al 15%

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