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Fallo de la Justicia: reelección de Chiqui Tapia confirmada y sin descensos

La Cámara Civil de la Nación falló a favor de la AFA, por lo que se mantiene lo establecido en la Asamblea del 17 de octubre.

Sabado, 16 de noviembre de 2024 a las 09 20,

Por Matías Moreno

Sabado, 16 de noviembre de 2024 a las 09 20,

Claudio Tapia será el presidente de la Asociación del Fútbol Argentino hasta 2028 y no habrá descensos en la Liga Profesional 2024. Pese a los cortocircuitos entre el Gobierno y el ente madre, en las últimas horas del viernes se conoció que la Cámara Civil de la Nación falló a favor de la AFA y en contra de la Resolución 793/2024 que había emitido la Inspección General de Justicia. De este modo, habrá 30 equipos en la Primera División durante el próximo año.

En el fallo, que lleva la firma de los jueces Gabriel Rolleri y Maximiliano Caia, se indica: "El acto emitido adolece de razonabilidad y motivación pues las razones en que presuntamente intenta darle sustento resultan meramente aparentes ya que no sólo la convocatoria al acto asambleario no emerge -según sus propios antecedentes- como violatoria del estatuto sino que, menos aún, se advierte contrario o lesivo de los derechos de los asociados. No sólo eso, sino que a partir de la inobservancia de brindar oportunidad a la entidad a ejercer su derecho de defensa, se concluye en la ilegitimidad de la resolución impugnada".

"Por estas razones es que el recurso debe ser admitido al comprobar que el acto administrativo padece una nulidad absoluta e insalvable que no puede ser convalidada por este Tribunal. Como se ha sostenido, la consecuencia de ignorar esta categoría de vicios genera en la administración el incentivo para no respetar las reglas que rigen su actuación, en la confianza de que sus decisiones serán finalmente validadas. Esa confianza, unida a la firmeza del acto no impugnado en un plazo de breves días, crea la tentación de ignorar formalidades", sentencia la Cámara.

Qué puntos se habían tratado en la Asamblea de AFA del 17 de octubre

1) – Declaración de que la Asamblea ha sido convocada y que está compuesta en conformidad con los Estatutos de la AFA [conforme art. 30º, apartado 2. Inciso a) del Estatuto].

2) – Aprobación del Orden del Día [conforme art 30º, apartado 2, inciso b) del Estatuto]

3) – Pababras del Presidente [conforme art 30º, apartado 2, incisos c) y g) del Estatuto]

4)- Nombramiento de dos delegados encargados de verificar y suscribir el acta [conforme art 25º, inciso b) y art. 30º, apartado 2, inciso d) del Estatuto y art. 51º del Reglamento General].

5) – Nombramiento de tres delegados encargados de verificar los poderes [conforme art. 25º, inciso g) y art. 30º, apartado 2, inciso e) del Estatuto y art. 49º del Reglamento General].

6) – Memoria, Balance General, Inventario y Cuenta de Recursos y Gastos al 30 de junio de 2024; y el dictamen de la Comisión Fiscalizadora referido a la documentación citada precedentemente [conforme art. 25º, inciso h) y art. 30º, apartado 2, incisos h) e i) del Estatuto].

7) - Cálculo Preventivo de Recursos y Gastos para el período comprendido entre el 1º de julio de 2024 y el 30 de junio del año 2025 [conforme art. 25º, inciso i) y art. 30º, apartado 2, inciso j) del Estatuto].

8) - Nombramiento de tres Delegados encargados de escrutar los actos eleccionarios correspondientes a la presente Asamblea [conforme art. 25º, inciso g) del Estatuto.

9) - Regularización del término de los mandatos institucionales de las autoridades de la Asociación [conforme art. 25, último párrafo del Estatuto].

10) - Elección del Presidente, los Vicepresidentes y los integrantes del Comité Ejecutivo [conforme art. 25º, inciso c) y art. 30º, apartado 2, inciso o) del Estatuto].

11) - Elección del Presidente, el Vicepresidente y los integrantes del Tribunal de Ética [conforme art. 25º, inciso d) y art. 30º, apartado 2, inciso p) del Estatuto].

12) - Elección del Presidente, el Vicepresidente y los integrantes del Tribunal de Disciplina [conforme art. 25º, inciso d) y art. 30º, apartado 2, inciso p) del Estatuto].

13) - Elección del Presidente, Vicepresidente y los integrantes del Tribunal de Apelaciones [conforme art.25º inciso d) y art. 30º, apartado 2, inciso p) del Estatuto].

14) - Elección de los integrantes de la Comisión Electoral y de la Comisión de Apelaciones Electoral [conforme art. 25º, inciso e) y art. 30º, apartado 2, inciso r) del Estatuto].

15)- Elección de los integrantes de la Comisión Fiscalizadora [conforme art.25º, inciso f) y art. 30º, apartado 2, inciso q) del Estatuto].

16) - Modificaciones estatutarias [conforme art. 25º, inc a); art.30º, apartado 2, inciso k) y art.32º, apartado 1, del Estatuto]:

Título I, art. 1º, apartados 1 y 2;

Título IV, art. 35º apartado 7; y,

Título IX, art. 93º, apartados 1 y 2].

17) - Modificaciones al Código Disciplinario [conforme art. 25º, inc. a); art. 30º, apartado 2, inciso k) y art. 32º, apartado 1, del Estatuto]: Nuevo texto.

18) - Modificaciones del Código de Ética [conforme art. 25º, inc a); art. 30º, apartado 2, inciso k) y art. 32º, apartado 1, del Estatuto]: Nuevo texto.

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